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  Mejorando las oportunidades

  Por Gonzalo Uriarte, senador por la Región de Coquimbo

22 de julio de 2011

ImagenEl proyecto de ley que establece un procedimiento de saneamiento y regularización de los loteos irregulares es muy importante porque viene a continuar o complementar lo que ya hizo la ley que entró en vigencia el año 2007 y que el 5 de enero del 2010 expiró.

Esta nueva iniciativa, que fue despachada por el Senado,  lo que hace no solo es crear un procedimiento simplificado y expedito que resuelve el problema de los loteos irregulares, sino que también recoge la aplicación, breve pero muy valiosa, de lo que fue la ley anterior.

Lamentablemente, esa ley no logró resolver dos grandes problemas. El primero de ellos fue la exención de responsabilidad que no tenían los directores de obras, razón por la cual se negaron a aplicar la norma. Y eso, en el fondo, dejó en la inaplicabilidad una ley que estaba llamada a resolver todos estos problemas.

Ahora, el artículo 10 de este proyecto de ley se hace cargo de manera explícita de este punto. Y esperamos de verdad que en todas las comunas de Chile donde existan estos problemas los directores de obras puedan aplicar a cabalidad esta ley rescatando además el espíritu que ha inspirado a quienes hemos participado en este proyecto, que es de verdad resolver un problema que impide acceder a muchos beneficios con financiamiento del Estado.

Pero además hay que decir que este proyecto recoge una serie de otros problemas de orden práctico. Por ejemplo, la tasación de las viviendas que podían acogerse a este procedimiento. Se aumenta considerablemente de 1.000 a 2.000 unidades de fomento, lo que de verdad amplía el universo de viviendas que se van a poder ver beneficiadas con este procedimiento.

Es cierto que este no es un procedimiento que sanea la titularidad de la vivienda en sí misma. Lo que hace es sanear los papeles -para que se entienda bien- del loteo donde está en sitio, o lote, donde se ha construido una vivienda. Es el loteo el que se puede sanear. Y en ese loteo puede haber viviendas, ahora, de hasta 2.000 unidades de fomento. Y bajo estas nuevas condiciones se van a poder beneficiar.

Además, hay que decir que este proyecto de ley corrige otro punto: el plazo de vigencia, decíamos, que el 5 de enero del 2010 había vencido el plazo de vigencia de esta ley y quedaban muchos loteos, que ya han sido catastrados, fuera del ámbito de aplicación de esta ley.

Lo que hace ahora es ampliar a un plazo de cinco años, prorrogable por otros cinco, para que de verdad en un período importante, ya de 10 años, podamos despejar de una vez estos problemas.

Pero además hay otro punto que no deja de ser importante. Se les entrega a las propias personas interesadas un plazo para que ellas puedan cumplir con los requisitos que exige la ley.

Y, finalmente, lo que muchas personas se preguntan: ¿Qué beneficio concreto es el que me entrega esta ley? Bueno, es muy simple: primero, se sanea la titularidad del loteo donde está construida la vivienda: pero en segundo lugar se permite de manera expresa ahora sí optar a programas con financiamiento estatal y que están vinculados al alcantarillado, a la pavimentación, a la construcción de aguas lluvias, los sistemas de construcción de áreas verdes, todos los programas de pavimentación participativa, de mejoramiento urbano, etcétera, que están en distintos Ministerios y programas: en algunos casos en el SERVIU, Vialidad, en Obras Públicas.

Ahora sí las personas que se acojan a este procedimiento van a optar a un mundo de posibilidades, que son aquellas que confiere esta vasta gama de programas de protección social.

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