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Financiamiento de Bomberos: aprueban cambios a Ley que regula la administración de Fondos de Terceros

Se trata de una moción que busca permitir que los Fondos Mutuos o de Inversión no cobrados en un plazo de 5 años, sean entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

21 de octubre de 2020

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Permitir que los Fondos Mutuos o de Inversión que no han sido cobrados en un plazo de 5 años, puedan ser entregados a la Junta Nacional del Cuerpo de Bomberos, es el objetivo principal del proyecto aprobado en general por la Comisión de Hacienda del Senado. 

 

La iniciativa fue presentada por los senadores José García Ruminot, Juan Antonio Coloma, Ricardo Lagos, Carlos Montes y Jorge Pizarro, y en lo fundamental modifica la ley sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, incorporando un artículo nuevo que permita a los Cuerpos de Bombero recibir los  dineros que no han sido cobrados en un plazo determinado.

 

Cabe recordar que cuando fue promulgada la ley sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, se derogó la ley que regulaba los Fondos de Inversión, con el fin de crear un Mercado de Capitales con una plataforma de infraestructura moderna y eficiente.

 

No obstante, la derogación de la ley que regulaba los Fondos de Inversión afectó una forma de financiamiento para Bomberos de Chile que contemplaba indirectamente aquella normativa, pues existía la facultad de que aquellos Fondos Mutuos y Fondos de Inversión liquidados, ya sea por no cumplir con el mínimo de participes o patrimonio mínimo establecido, pudiesen pasar a dominio de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile. (Vea aquí la sesión)

 

Imagen foto_00000009Esto derivó en que actualmente se impide que los valores que no sean cobrados por los partícipes de los respectivos Fondos Mutuos o Fondos de Inversión puedan ser utilizados al servicio de las personas a través de la entrega de estos fondos a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, para que dicha entidad proceda a su vez a la posterior distribución a los 313 Cuerpos de Bomberos del país.

 

A raíz de esto, explica el proyecto, la entonces Superintendencia de Valores y Seguros, y actual Comisión para el Mercado Financiero, emitió en diversas oportunidades resoluciones en relación a fondos mutuos en proceso de liquidación donde determinó que, aquellos valores no cobrados por los partícipes de fondos mutuos en proceso de liquidación, debían entregarse a Bomberos de Chile.

 

De ahí que esta iniciativa busque enmendar la omisión en relación a que Bomberos de Chile pueda acceder a valores de relevancia, por lo que se pretende que todos aquellos valores correspondientes a dineros de Fondos Mutuos o Fondos de Inversión no cobrados dentro del plazo de 5 sean entregados a los Bomberos.

 

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