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Proponen autorizar el retiro de capital a los socios mayores de sesenta años de edad de las cooperativas de ahorro y crédito

La moción presentada por el senador José García Ruminot argumenta que la normativa vigente de recuperación del capital social, hace difícil que los socios puedan efectuar retiros, situación es muy sentida por personas de la tercera edad.

26 de mayo de 2016

Imagen foto_00000002La Comisión de Economía será la encargada de analizar la moción presentada por el senador José García Ruminot, con la que propone modificar el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, autorizando el retiro de capital a los socios mayores de sesenta años de edad de las cooperativas de ahorro y crédito.

 

El autor argumenta que las Cooperativas son asociaciones que de conformidad con el principio de la ayuda mutua, tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de sus socios. "Inspirados por estos valores y principios, sus socios, con esfuerzo y sacrificio, ahorran mensualmente, en la confianza que el capital reunido les será devuelto en tiempo y forma", argumenta.

 

No obstante, aclara que "la normativa vigente de recuperación del capital social, hace difícil que los socios puedan efectuar retiros, puesto que deben esperar que la disminución que representa el retiro de su capital, sea cubierto por el aporte efectuado por nuevos socios. Esta situación es muy sentida, principalmente, por personas de la tercera edad, quienes, teniendo recursos depositados en las Cooperativas, no pueden utilizarlos, por ejemplo, para cubrir gastos derivados de una enfermedad".

 

Del mismo modo -agrega- "este impedimento coarta el ejercicio del derecho de dominio que tienen los socios respecto del capital confiado a las Cooperativas. Esta situación no convive con lo establecido en el artículo 19 °24 de la Constitución Política de la República, el que, en lo que interesa, asegura a todas las personas: "El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales e incorporales". El no contemplar mecanismos efectivos de retiro de capital para los socios, se traduce en la inobservancia del reconocimiento Constitucional del derecho de propiedad, puesto que, privar del uso, goce y disposición de los recursos, es afectar al derecho en su esencia.

 

Por todo lo anterior, el senador presentó la moción que "hace necesario explorar alternativas que permitan resguardar el derecho de dominio, prescindiendo de toda condicionante que restrinja su libre ejercicio", remató.

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