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  Concluyen el despacho de las indicaciones del proyecto que crea el Sernac Financiero

  La iniciativa deberá ser analizada por la Comisión de Hacienda antes de ser votada por la Sala del Senado.

11 de agosto de 2011

En condiciones de ser analizado por la Comisión de Hacienda quedó el proyecto, en segundo trámite, que crea el Sernac Financiero. Ello, luego de que la Comisión de Economía concluyera el despacho de las indicaciones que recibió la iniciativa.

 

El proyecto que apunta a fortalecer las facultades que este organismo tendrá para la defensa de los consumidores, fue objeto de una serie de cambios que incluyeron una precisión en los requisitos para acceder al Sello Sernac, de modo que las instituciones financieras deberán  acreditar todos sus principales productos.

 

Asimismo se creará un nuevo Servicio de Atención al Cliente (SAC), que operará como una primera instancia rápida  y directa  para resolver en un plazo de 10 días los reclamos de los consumidores.

 

En el caso de que el cliente no quede satisfecho con la resolución, podrá acudir al mediador, persona que será designada de común acuerdo por el consumidor y por la institución financiera, y en su defecto por el Sernac.

 

Esta instancia operará de manera independiente al servicio financiero, y su decisión será obligatoria para el banco o retail pero no así para el cliente. Si aun así el consumidor no está conforme, tendrá una tercera instancia de reclamo directamente demandando ante el Sernac.

 

En lo fundamental el proyecto crea una división especializada en supervisión  de los derechos del consumidor en materia financiera, telecomunicaciones y transporte. Contará con un jefe de división y 2 de jefes de departamento. La dotación máxima se amplía en 23 cupos sobre los 76 que existen actualmente.

 

Asimismo precisa la información mínima que deberán contener los contratos de adhesión de servicios financieros. Los contratos de crédito incluirán un resumen estandarizado al inicio que ayudará a los consumidores a comparar ofertas y a entender mejor las condiciones de los créditos.

 

Por otro lado, los proveedores de servicios financieros deberán elaborar y disponer para cada persona natural que será aval, un documento o ficha explicativa sobre su rol de avalista, que deberá ser firmado por ella.

 

Se establece también un plazo máximo de 10 días al proveedor para que cierre un producto o servicio cuando lo solicita el consumidor. Estipula además, que se deberá permitir el pago automático de un producto desde cualquier cuenta del cliente, aunque sea de un proveedor distinto, con lo cual se impedirán las ventas atadas.

 

También se  dispone la obligación por parte de las instituciones financieras de comunicar periódicamente a sus clientes información referente al servicio adquirido.

 

Las empresas que vulneren estas disposiciones deberán pagar 750 UTM, es decir, casi $29 millones de multa.

 

Asimismo ya no será necesario que el consumidor recurra a carabineros para certificar infracciones a sus derechos en tribunales. Con el proyecto de ley del Sernac Financiero, los mismos funcionarios de Sernac actuarán como ministros de fe, quienes servirán de prueba en tribunales.

 

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