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  Iniciativa que simplifica régimen de constitución y disolución de sociedades comerciales irá a Comisión de Hacienda

  Por contener normas de financiamiento, el proyecto del Ejecutivo fue derivado a dicha instancia, luego que la Comisión de Economía, respaldó su articulado, que busca fomentar a las entidades comerciales que utilicen en estos procedimientos, formulario digital junto a una firma electrónica.

19 de abril de 2012

Con el fin de economizar los costos y facilitar los procesos que implican aplicar el régimen de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales, la Comisión de Economía aprobó el articulado del proyecto, que cumple su primer trámite.

 

Así lo informó el presidente de la instancia, senador Eugenio Tuma quien agregó que "lo que queremos es dar una señal que esta instancia de constitución o modificación de sociedades comerciales, se modernizará y se economizarán sus costos y así otorgar una seguridad jurídica a dichos procesos".

 

Cabe recordar, que a la sesión asistieron el ministro (s) de Economía, Tomás Flores, junto a asesores de dicha entidad pública y del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

 

En lo fundamental, el parlamentario explicó que "el criterio empleado por la Comisión fue de no innovar, porque habían indicaciones que así lo  estaban. Por ejemplo, se decía que este tipo de sociedades caducaba para efectos de nulidad o prescripción de reclamo en un plazo de dos años; en circunstancias que la legislación general posee cuatro".

 

Enfatizó que "no quisimos reformar eso, con el objeto de dar certeza a las personas que mantendrán el plazo para reclamación de hasta cuatro años, para que no tengan después la sorpresa de percatarse que ya estaba concluido dicho periodo".

 

Asimismo, puntualizó que por consenso de los integrantes de la instancia, se limitó la posibilidad que cualquier sociedad comercial transite del nuevo al antiguo registro, salvo por ejemplo, las Sociedades Anónimas Cerrada que deciden abrirse a la Bolsa.

 

Con respecto a los artículos transitorios, el legislador indicó que hubo con acuerdo con el ministro del ramo respecto de no todas las formas de las sociedades iban a utilizar este registro nuevo, sino que vamos a dejar un periodo de transición de dos años,  para seguir con el sistema antiguo, y realizar así una marcha blanca".

 

Argumentó que "lo que buscamos es que este sistema no contenga errores jurídicos, porque de tenerlo habrían consecuencias desastrosas para las sociedades, responsabilidades civiles y de la economía nacional".

 

REGULACIÓN

El integrante de la instancia, senador José García Ruminot, destacó que "hemos aprobado un artículo que se refiere cuando una sociedad comercial decide migrar del registro escritural al electrónico, el certificado se debe solicitar al respectivo Conservador. Esa situación tiene efectos jurídicos porque tal sociedad necesita trasladarse al nuevo registro".

 

Precisó que "al realizar esto, tendrán  un certificado con vigencia de 30 días y se limitarán enormemente las operaciones que se pueden hacer durante ese periodo. La idea es que no pueda haber paralelismo entre esos dos registros, porque se podría actuar en los dos, si quisiera obrar de mala fe y en consecuencia, ¿cuál sería la actuación válida la del registro escrito o electrónico. Por eso, fue importante que reguláramos eso" .

 

 

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