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  Proponen nuevo parámetro de cálculo de interés máximo convencional

  Proyecto de ley impulsado por senadores busca establecer que el interés máximo convencional sea de tres veces la Tasa Mensual de Política Monetaria, que actualmente asciende a un 5,13% mensual.

18 de julio de 2011

Un proyecto de ley que propone un nuevo parámetro de cálculo del llamado interés máximo convencional presentaron los senadores Eugenio Tuma, Carlos Bianchi, Camilo Escalona, Juan Pablo Letelier y Andrés Zaldívar con el objeto de mejorar el mercado "para hacerlo política, social y económicamente sustentable en el futuro".

La iniciativa, que será analizada por la Comisión de Economía del Senado, plantea "establecer que el interés máximo convencional sea de tres veces la Tasa Mensual de Política Monetaria." Esta última actualmente asciende a un 5,13% mensual, con lo cual -de avanzar la propuesta- la tasa máxima convencional anual ascendería a un 15,39%, en circunstancias que hoy llega casi un 50,67%.

La moción apela al consenso que existiría en la sociedad chilena respecto de la "necesidad de generar un modelo de economía que esté al servicio de la persona humana, en donde la libertad de comercio y de emprendimiento, no signifique en caso alguno, el derecho de unos pocos de actuar de manera abusiva al interior de los mercados."

PROYECTO DE LEY

El proyecto busca modificar el Artículo 6° de la Ley N° 18.010 con la finalidad de establecer un nuevo parámetro de cálculo del denominado interés máximo convencional, proponiendo que se efectúe en base a la Tasa de Política Monetaria del Banco Central y ya no en relación con el interés corriente cobrado por los bancos e instituciones financieras en un mes determinado.

Vale señalar que la Tasa de Política Monetaria del Banco Central es la tasa de interés objetivo para las operaciones interbancarias que el órgano emisor procura lograr mediante sus instrumentos de política monetaria, como son las operaciones de mercado abierto, facilidades de crédito y depósitos.

Es así como se propone reemplazar el inciso 4° del artículo 6° de la Ley N° 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero por el siguiente: "No podrá estipularse un interés que exceda en tres veces la Tasa de Política Monetaria del Banco Central de Chile a la fecha de la convención. Este límite de interés se denomina Interés Máximo Convencional anual."

La moción plantea lo anterior con la finalidad de "generar una normativa más equitativa y equilibrada en las operaciones financieras entre personas naturales y jurídicas con empresas del giro bancario o financiero."

Entre los argumentos, se señala que hay regulaciones del mercado financiero chileno "que han perdido su razón de ser con el transcurso del tiempo y del desarrollo de la economía nacional e internacional", cuál sería el caso de este interés, que fue establecido en la Ley N° 18.010 Sobre Operaciones de Crédito de Dinero hace 30 años, cuando el sistema financiero estaba marcado por la incertidumbre, la volatilidad y altas tasas de inflación. Esa es la explicación de por qué el parámetro se determinó en base al interés corriente interbancario aumentado en un 50%."

Los cambios que se han producido, sin embargo, "con muchos más actores financieros, nuevas modalidades de operación y más personas que son sujetos de crédito" hoy  indicarían que "no hay razón por la cual mantener este interés máximo a las convenciones, pues solamente encarece el costo del crédito del dinero, lo cual, aunque no detiene los flujos de operaciones sólo es capaz de redundar en ganancias excesivas para las instituciones de crédito."

ARGUMENTOS

Se sostiene que la Tasa de Política Monetaria del Banco Central es determinada en base al estado real de la economía nacional, a sus parámetros generales de desempeño, "lo que le da un profundo sentido de realidad y la aleja de las prácticas puramente especulativas." El proyecto agrega que "en ella se recoge no sólo la tasa de interés real y la nominal de las operaciones en un periodo determinado, sino que también las expectativas de inflación que suponen la desvalorización monetaria".  Por lo mismo, se propone establecer que el interés máximo convencional sea de tres veces la tasa mensual de política monetaria (5,13% mensual), con lo cual la tasa máxima convencional anual ascendería a un 15,39%, en circunstancias que hoy llega casi un 50,67%.

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