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  Quieren prohibir la publicación de deudas inferiores a 110 UF de manera permanente

  Los senadores Carlos Bianchi, Ximena Rincón, Carlos Cantero, Antonio Horvath y Pedro Muñoz presentaron un proyecto de ley en ese sentido.

6 de agosto de 2012

Prohibir la comunicación y publicación de deudas inferiores a las 110 UF ($2.475.000 app), sin importar la fecha en que se haya incurrido en la cesación de pago, es el objetivo del proyecto que modifica la ley sobre protección a la vida privada, que fue presentado por los senadores Carlos Bianchi, Ximena Rincón, Carlos Cantero, Antonio Horvath y Pedro Muñoz.

 

La iniciativa, que deberá ser estudiada por la Comisión de Economía del Senado, busca que las normas establecidas en los últimos cambios a la ley, que permitió sacar del boletín comercial a todas las personas que, al 31 de diciembre de 2011, tenían una deuda inferior a los $2.500.000, sean extensibles sin importar la fecha de la deuda.

 

En lo fundamental, el proyecto señala que en ningún caso podrán comunicarse los datos "cuando el total de obligaciones impagas del titular que comunique el registro o banco de datos sea inferior a 110 UF por concepto de capital, excluyendo intereses, reajustes o cualquier otro rubro; o que se relacionen con una persona identificada o identificable, luego de transcurridos cinco años desde que la respectiva obligación se hizo exigible".

 

Según explicó el senador Bianchi, "los registros comerciales se han convertido en herramientas perversas para las personas y en casos extremos han impedido acceder a prestaciones tan vitales como las de salud, por ello este tipo de iniciativas otorgan igualdad de condiciones y terminar con escollos inventados por las instituciones financieras y si bien no significa que se borrará su obligación comercial, sí dará un alivio porque esta información ya no será impedimento para acceder a, por ejemplo, créditos de primera necesidad".

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