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  Moción propone toma de huella digital al momento de nacer para evitar confusiones o robos de bebés

  Los senadores Gonzalo Uriarte, Francisco Chahuán, Guido Girardi, Fulvio Rossi y Mariano Ruiz-Esquide, son los autores de la iniciativa que apunta a sacar adelante el proyecto de ley sobre identificación del recién nacido.

29 de mayo de 2012

Debido a los últimos casos de robo de recién nacidos desde sedes hospitalarias y confusiones al entregar los bebés a sus padres, los senadores Gonzalo Uriarte, Francisco Chahuán, Guido Girardi, Fulvio Rossi y Mariano Ruiz-Esquide, presentaron una moción que contiene un conjunto de medidas para evitar que esto vuelva a suceder.

 

Entre la más destacables se encuentra el tomar la huella digital al momento de nacer, y otorgar las atribuciones al Registro civil para que otorgue cédula de identidad al recién nacido. Esto a cambio, de lo que ahora existe, un instructivo del Ministerio de Salud, del año 1980, denominado "Texto Guía y Normas para la Atención del Recién Nacido", en el cual se establece el uso del brazalete que las clínicas y hospitales fijan en la muñeca de los recién nacidos.

 

Asimismo, la moción propone dar respaldo legal al certificado de parto, donde conste la individualización de la madre, el sexo del recién nacido, el lugar, día y hora.

 

Se dispone también que "en el caso que el parto se produzca fuera de un recinto hospitalario se debe velar para que los padres se acerquen a la brevedad a inscribir al recién nacido y así evitar cualquier tipo de problema".

 

En lo fundamental, el texto legal establece que en el Código Sanitario, a continuación del artículo 120, los siguientes artículos 120 bis y 120 ter: "El profesional que atienda un parto está obligado a adoptar, o a disponer que se adopten, las siguientes medidas para la identificación de cada recién nacido: Imponer un brazalete en el brazo derecho del recién nacido, o, de no ser posible, en otra extremidad, debidamente asegurado para que no se destruya ni pueda ser removido, en el cual se anotará la fecha y hora del nacimiento, el nombre de la madre y el nombre del profesional que atendió el parto.

 

Asimismo se deberá "tomar mediante tinta indeleble u otro medio que asegure su calidad de inalterable, según autorice el reglamento, una muestra de la huella plantar derecha del recién nacido, así como de su huella dígito pulgar derecha, o de las respectivas extremidades izquierdas".

 

Y, finalmente, otorgar un certificado de parto donde conste la individualización de la madre, el sexo del recién nacido, el lugar, día y hora.

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