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En el Mes de la Ciberseguridad

Proyecto que moderniza normas sobre delitos informáticos será analizado por una Comisión Mixta

Esto, según se indicó, con el fin de buscar una redacción consensuada en torno al proyecto que avanza en modificaciones legales para adecuarse al Convenio de Budapest

6 de octubre de 2021

Una Comisión Mixta, conformada por senadores y diputados, será la encargada de zanjar las diferencias suscitadas entre ambas Cámaras en torno al proyecto que establece normas sobre delitos informáticos, deroga la ley N° 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al Convenio de Budapest.

 

Según explicó el senador José Miguel Insulza, presidente de la Comisión de Seguridad Pública, “la Cámara hizo gran esfuerzo por conciliar todas las posiciones, pero quedaron 2 puntos que son centrales: uno, la vieja discusión entre académicos y fiscales, no estando muy claro cuáles es el límite de la investigación científica sobre esto y dos, la decisión de la Cámara de excluir los asuntos relacionados al procedimiento penal, algo que el Ministerio Público considera que es indispensable tratar, por eso estamos pidiendo que pase a Comisión mixta y hacer un par de ajustes al proyecto, los que serían bastante útiles”.

 

DETALLES

 

El debate del texto legal coincide con la plena celebración del Mes de la Ciberseguridad y -cabe recordar- tiene por objeto actualizar la legislación chilena en materia de delitos informáticos y ciberseguridad, adecuándola tanto a las exigencias del Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa, conocido como "Convenio de Budapest", del cual Chile es parte, cuanto a la evolución de las tecnologías de la información y la comunicación, todo ello para dar un tratamiento más comprensivo del contexto en que se cometen estos ilícitos y subsanar la carencia de medios suficientes para su investigación.

Entre las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados y Diputadas y rechazadas por el Senado están la eliminación en la tipificación del delito de acceso ilícito, la consideración como conducta que lo constituye, el exceder el permiso de acceso concedido.

 

El reemplazo de la norma que faculta al juez de garantía para ordenar medidas de interceptación de comunicaciones telefónicas, cuando se trate de la investigación de determinados delitos informáticos y existieren fundadas sospechas basadas en hechos determinados, de que una persona hubiere cometido o participado en la preparación o comisión de algunos de ellos.

 

La sustitución del concepto de “Proveedores de servicios” por el de “Prestadores de servicios”.

 

Lo referido a la figura del acceso a un sistema informático, efectuado en el en el marco de una investigación de vulnerabilidad o para mejorar la seguridad informática, respecto de la cual el Senado presume una autorización, y la Cámara la reemplaza para situar la conducta en un contexto de investigación académica, caso en el cual, constituirá una eximente de responsabilidad penal.

 

La eliminación de la norma aprobada por el Senado que faculta al Ministerio Público para requerir, en el marco de una investigación penal en curso, a cualquier proveedor de servicios que ofrezca servicios en territorio chileno, que facilite los datos de suscriptor que posea sobre sus abonados, así como también la información referente a las direcciones IP utilizadas por éstos.

 

La modificación de las normas transitorias sobre entrada en vigencia de la regulación establecida por la ley.

 

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