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Regulación de la contratación del servicio de extracción de basura: aprueban en general pero persisten dudas

Los integrantes de la Comisión de Gobierno esperan despejar temas relacionados con la autonomía municipal y el que se involucre a la Tesorería General de la República; sin embargo, fueron enfáticos en que "se deben asegurar los pagos y condiciones de los trabajadores del sector".

4 de diciembre de 2021

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización respaldó la idea de legislar del proyecto que modifica diversos cuerpos normativos con el objetivo de perfeccionar la regulación relativa a la contratación, prestación y pago del servicio de extracción de residuos sólidos domiciliarios.

 

La instancia parlamentaria, presidida accidentalmente por el senador José Miguel Insulza, acordó presentar indicaciones y despajar algunas dudas durante la próxima sesión, antes de que la moción, en segundo trámite constitucional, sea visada por la Sala.

 

Entre los temas que se esperan asegurar está la autonomía municipal y la participación de la Tesorería General de la República, propuesta en el texto legal.

 

Sin embargo, los legisladores coincidieron en que se deben asegurar mejores condiciones laborales para el personal de recolección de residuos sólidos domiciliarios y garantizar un efectivo pago por este servicio.

¿QUÉ DICE EL PROYECTO?

 

El proyecto modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, autorizando a estas entidades a celebrar convenios con la Tesorería General de la República para que esta efectúe el pago a proveedores de servicios concesionados. Ello podrá realizarse directamente con cargo a la recaudación del impuesto territorial de beneficio municipal correspondiente.

 

En caso de ser insuficientes los recursos disponibles por esta vía, el pago se realizaría con cargo a la participación mensual correspondiente del Fondo Municipal. Para esto, la Tesorería deberá informar a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.

 

Junto a lo anterior, el proyecto define que en el caso de las municipalidades que no hayan suscrito los convenios, los proveedores de los servicios concesionados podrán solicitar a la Tesorería el pago de las facturas emitidas y no objetadas por parte del municipio y que se encuentren impagas por un plazo mayor a 30 días contado desde su aceptación.

 

Asimismo, se estable que, en el caso de que los proveedores de servicios concesionados de las municipalidades o las propias municipalidades tuvieran deudas laborales y previsionales con trabajadores, sea que se encuentren prestando servicios o hayan cesado ya en ellos, podrán concurrir al cobro de estas deudas de la misma forma.

 

La iniciativa también promueve mejoras laborales por medio de modificaciones a la ley sobre bases de contratos administrativos de servicios.

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