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Nuevo régimen de probidad aplicable al Consejo Nacional de Televisión pasó su primera prueba en Sala

Las ideas matrices fueron aprobadas y se abrió un plazo para presentar modificaciones al texto legal.

20 de agosto de 2014

Con plazo para realizar indicaciones hasta el 8 de septiembre próximo quedó el proyecto, en primer trámite, que modifica régimen de probidad aplicable al Consejo Nacional de Televisión.

 

Ello, luego que la Sala aprobara por unanimidad, la idea de legislar del texto legal, que apunta a eliminar algunas inhabilidades que existen para aquellos miembros del CNTV. La idea es hacer compatible la actual normativa con los requerimientos que tiene ese organismo.

 

Imagen foto_00000015Durante el debate intervino el senador Jaime Orpis quien dejó constancia de la preocupación de los funcionarios del CNTV respecto al eventual efecto que tendría esta legislación en las remuneraciones y cargos. No obstante, recalcó que el texto legal solo se refiere a inhabilidades. Asimismo, mencionó que el Ejecutivo  expresó su disposición para recibir a los funcionarios de dicha repartición.

 

Entre las modificaciones que buscan un estándar de probidad más elevado, se encuentra establecer la obligación de cumplir con el deber de probidad, en los términos del artículo 52 del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

 

Asimismo, se establece la obligación de presentar, dentro de los primeros 30 días desde su ingreso al Consejo, la declaración de sus intereses y de su patrimonio. Este mecanismo permitirá prevenirlos eventuales conflictos de interés que pudieren presentarse durante el desempeño de sus respectivos cargos.

 

En tanto, respecto de los Consejeros, se dispone el deber de abstención en caso de incurrir en causales que puedan afectar la imparcialidad en la toma de decisiones.

 

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