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Sala inició el debate del proyecto sobre probidad en la función pública

En la oportunidad, los legisladores abordaron la necesidad de transparentar la actividad pública y regular la participación en igualdad de condiciones independientemente del patrimonio personal.

22 de mayo de 2013

Imagen foto_00000016Por cumplirse la orden del día, el proyecto, en segundo trámite sobre probidad en la función pública quedó con su debate en general pendiente para la próxima sesión de Sala.

 

Durante la primera jornada intervinieron los senadores Andrés Zaldívar, Jaime Orpis, Hernán Larraín, Ricardo Lagos Weber y Alejandro Navarro. Además del ministro secretario general de la Presidencia, Cristián Larroulet.

 

El senador Zaldívar destacó la importancia de legislar sobre estas materias en orden a cumplir una norma constitucional (artículo 8°)  que determina que una ley debe reglamentar todo lo referido a probidad, declaración de intereses y declaraciones de bienes, entre otros. Precisó que “los acontecimientos en el ámbito político y la crítica a la gestión pública  se debe muchas veces, a  la falta de transparencia en estas áreas”.

 

Asimismo el senador Orpis, explicó que “el proyecto perfecciona la declaración de patrimonio e intereses, se incluye además en esta obligación a los consejeros del Consejo de la Transparencia, defensores locales, ministros del tribunal para contratación pública, consejeros del Consejo de Alta Dirección Pública, miembros consejo directivo de Servel y miembros de paneles de expertos, así como aquellos denominados “agentes públicos” en diversas reparticiones.

 

A su turno, el senador Larraín Fernández  estimó que “esta iniciativa se inscribe en las materias que quizás más reclama el país cuando la desconfianza en los políticos, parlamentarios y en general en las autoridades públicas, ha alcanzado niveles alarmantes”. Indicó que “probablemente, para corregir esta situación se requieren muchos cambios, en nuestros propios comportamientos, hábitos y prácticas parlamentarias y muchas normas que deberían incorporarse”.

 

En tanto, el senador Lagos Weber precisó que independientemente de esta agenda legislativa de probidad en la función pública le gustaría conocer un pronunciamiento claro de parte del ministro Larroulet sobre cuándo va a ingresar el proyecto sobre el voto chileno en el extranjero. Indicó que dentro de las reformas políticas este tema también debería ser incorporado, dado que ha sido parte, de las Cuentas Públicas de la actual administración.

 

Por su parte, el senador Navarro indicó que este proyecto sobre probidad pública es una legislación necesaria para que los empresarios puedan estar legítimamente en el Parlamento. “Es una legislación para quienes tienen bienes, pero a la vez  también es insuficiente porque finalmente todo se traduce en sanciones de multas”. A juicio del legislador, las sanciones pecuniarias no son un disuasivo efectivo.

 

Finalmente, el ministro Larroulet recordó que esta iniciativa es el resultado de dos proyectos refundidos, uno que profundizaba la declaración de patrimonio e intereses y otro que regulaba la institucionalidad del fideicomiso ciego. Asimismo, mencionó que forma parte de un paquete de iniciativas que profundizan la Ley de transparencia, entre los que se cuenta el proyecto que regula el lobby y que recientemente fue aprobado por la Comisión de Constitución de la Cámara Baja.

 

TEXTO LEGAL

 

En lo fundamental, el proyecto regula el ejercicio de la función pública desde la perspectiva del cumplimiento del principio de probidad, constitucional y legalmente reconocido. Con este fin, reconoce como mecanismo principal en la prevención de los conflictos de interés de los funcionarios públicos, la estructuración de una declaración de intereses y patrimonio.

 

En general, la norma busca potenciar la regulación de las declaraciones ya existentes, mejorándola en diversos aspectos.

 

Adicionalmente, recoge en un solo cuerpo normativo, la regulación vigente sobre declaración de intereses y patrimonio, la actualiza y establece nuevas obligaciones para las autoridades y funcionarios.

 

El proyecto también unifica la normativa actual relativa a la materia, estableciendo en este mismo cuerpo legal la regulación concerniente a otras autoridades que no forman parte de la Administración del Estado, y que hoy en día se encuentra dispersa en diversos textos legales.

 

A su vez, el proyecto regula nuevos mecanismos de prevención de conflictos de interés en la función pública, estableciendo la obligación de ciertas autoridades de constituir un Mandato de Administración Discrecional de Cartera de Valores, y en ciertos casos, la obligación de enajenar determinados activos.

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