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Definen como un importante paso la aprobación del proyecto que sanciona la comercialización y uso del “hilo curado”

Así lo manifestó uno de los autores de la moción, el senador Mariano Ruiz-Esquide.

20 de agosto de 2013

Imagen foto_00000015Tras la aprobación en el Senado del proyecto de ley que sanciona la comercialización de hilo curado, el senador Mariano Ruiz-Esquide, uno de los autores, comentó que la moción tiene por objeto impedir la producción, venta o utilización de hilo recubierto de material abrasivo y, así precaver las graves lesiones que su uso pueden provocar, especialmente en niños, lo que calificó como un importante paso.

 

Asimismo, el legislador sostuvo que en el cuerpo legal se sanciona con presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días) y multa de 10 a 100 UTM ($ 403.260 a $ 4.032.600) al que produzca, acopie o comercialice hilo curado, y con multa de 2 a 10 UTM ($ 80.652 a $ 403.260) a quién use o facilite la utilización de este artículo.

 

De igual manera, explicó que se entenderá por “hilo curado” todo hilo o elemento que sirva de amarre -independiente del material con que se encuentre elaborado- si es recubierto con un pegamento unido a un material abrasivo de cualquier naturaleza.

 

Finalmente, el parlamentario aclaró que se exceptúan de las sanciones señaladas las personas afiliadas a organizaciones o asociaciones deportivas de volantinismo, respecto de las actividades que se precisan y en las que se utilice hilo de competencia según la definición que de él mismo se establece.

 

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