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Proponen crear Comisión Especial para abordar proyectos de cultura

El senador Alfonso De Urresti se reunió con los representantes de la Unión Nacional de Artistas (UNA), oportunidad en la que se insistió en la necesitad de tratar los proyectos que hacen referencia a las actividades culturales, en especial, el proyecto que permite la creación del ministerio de la Cultura.

28 de octubre de 2016

Con el fin de dar celeridad a las diversas materias referidas a la cultura y especialmente con miras al análisis del proyecto de ley que crea el Ministerio de la Cultura, el senador Alfonso De Urresti se reunió con representantes de la Unión Nacional de Artistas (UNA).

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A juicio del legislador, "existe consenso en torno a que la Comisión de Educación y Cultura, donde está alojado el mensaje, está con una carga importante de trabajo legislativo, por ello la conveniencia de generar un espacio para que proyecto se tramite con celeridad y se pueda convertir en ley el primer semestre del próximo año".

 

Al respecto, la segunda vicepresidenta de la Unión Nacional de Artistas, Anabella Roldán, señaló que la el trabajo actual de la Comisión de Educación, "no deja espacio para que se puedan mejorar los problemas de la cultura, algo que hace muy importante que se pueda avanzar en la gestión de esta comisión para poder dar celeridad a la tramitación del proyecto que crea el ministerio de la cultura".

 

Cabe mencionar que de acuerdo a la programación de Comisiones, la instancia de Educación contempla en el segundo punto de la tabla, del miércoles 2 de noviembre, iniciar  recién la discusión en general del proyecto en cuestión y que se encuentra en su segundo trámite constitucional.

 

MENSAJE

 

El mensaje propone una nueva institucionalidad cultural, que establece una Ley Orgánica del Ministerio de las Culturas, Las Artes y el Patrimonio, que considera la creación y fortalecimiento de la Institucionalidad Regional. Añade el informe que es así como a través de los artículos permanentes del Proyecto se crea la siguiente institucionalidad cultural, con sus respectivas atribuciones y funciones:

 

1) El Ministerio de las Culturas, Las Artes y el Patrimonio.

 

2) La Subsecretaría de las Artes, Industrias Culturales y las Culturas Populares, que integra los siguientes Consejos: Nacional del libro y la Lectura;   de Fomento de la Música Nacional; del Arte y la Industria Audiovisual; y el Fondo nacional de Desarrollo Cultural y las Artes. Además estará a cargo de la dirección administrativa de las secretarías regionales ministeriales y del servicio interno del Ministerio.

 

3) La Subsecretaría del Patrimonio Cultural, que tendrá a su cargo el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural.

 

4) Las Secretaría regionales Ministeriales respectivas.

 

5) El Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, y los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

 

6) El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, que se desconcentrará territorialmente a través de Direcciones Regionales, Formarán parte del Servicio: la Biblioteca Nacional; el Archivo Nacional; el Museo Nacional de bellas Artes; el Museo Histórico nacional; el Museo Nacional de Historia Natural; la Cineteca Nacional; y la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales. Además para un mejor funcionamiento de la institucionalidad, se establece el sistema nacional de Museos, el Sistema Nacional de Archivos y el Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas.

 

7) Se crea el Fondo del Patrimonio Cultural, que será administrado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural.

 

Por su parte, los artículos transitorios norman la gradualidad con que se implementará la institucionalidad mediante la facultad que se otorga al Ejecutivo para dictar decretos con fuerza de ley, estableciendo entre otras:

 

Se implementará la institucionalidad, mediante la facultad que se otorga al Ejecutivo para dictar decretos con fuerza de Ley, estableciendo, entre otras:

 

• La fecha de entrada en funcionamiento de la nueva institucionalidad cultural.

 

• Fijar las plantas de personal y dictar las normas para la adecuada reestructuración y operación de éstas.

 

• Disponer sin solución de continuidad, el traspaso de todos los funcionarios de planta y contrata desde el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y de la Dirección de Bibliotecas Archivos y Museos, incluidos los que ejercen labores permanentes en la Secretaría del Consejo de Monumentos Nacionales, a la nueva institucionalidad cultural.

 

• Traspasar los bienes que determine, desde la Dirección de Bibliotecas Archivos y

Museos al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural o a la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, y desde el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes hacia el

Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

 

• Asimismo, se crea un Consejo Asesor de Pueblos Originarios, para asesorar al Ministerio especialmente en la formulación de políticas, planes y programas referidos a las culturas, las artes y el patrimonio, mientras no entre en vigencia la ley que establezca la creación de un Consejo Nacional de Pueblos Indígenas.

 

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