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Reglamento del lobby: mayoría ciudadana es partidaria de la programación pública de audiencias y reuniones

A través de la plataforma de participación "Senador Virtual", de la página web del Senado, la ciudadanía se manifestó con respecto a agenda pública, trato igualitario, registro de viajes, donaciones y obsequios, entre otros aspectos de la normativa.

5 de agosto de 2014

Imagen foto_00000003Con la participación de 379 personas, la plataforma participativa "Senador Virtual", elaboró una consulta pública con el fin de conocer la opinión ciudadana en torno al reglamento del Lobby que deberá elaborar la Cámara Alta, en el marco de la ley 20.730.

 

A través de esta herramienta -que estuvo a disposición del público entre el 30 de junio y el 18 de julio- se ha querido resaltar el espíritu de apertura con que el Senado y su Comisión de Ética y Transparencia están empeñados en abordar esta tarea. (Revise la nota relacionada).

 

Para obtener los detalles del estudio puede acceder al siguiente link del senado.

 

PORCENTAJES

 

Así, un 77% de los participantes estimaron conveniente que los senadores puedan anunciar voluntariamente la programación de sus audiencias y reuniones; además de lo que ya establecido por la ley, que establece consignar en un registro público las audiencias o reuniones con fines de lobby o gestión de intereses particulares que ya se hayan efectuado.

 

Ahora, con respecto al registro de estas audiencias, un 87% estimó necesario que los parlamentarios adviertan que se debe efectuar una solicitud formal para las reuniones; esto, teniendo como marco que de acuerdo con la ley, sólo se registran las audiencias o reuniones que se hayan pedido con anticipación a la autoridad.

 

En tanto, un 65% de los participantes manifestaron que todo viaje debe quedar registrado, pues evita corrupción y permite corroborar que el senador ha visitado su territorio; además de considerarlo como "la única forma de transparentar esas actividades".

 

Para los obsequios y donativos, si bien la ley no establece ningún monto, un 74% de la comunidad coincidió con que es apropiado aclarar que se refiere a aquellos cuyo valor exceda de cierto monto, por ejemplo, una unidad tributaria mensual.

Al consultase sobre las actualizaciones de los sitios electrónicos institucionales, un 85% de los participantes se mostraron partidarios de que el sitio electrónico del Senado reduzca ese plazo, como regla general, a cinco días hábiles.

 

SUGERENCIAS

 

La consulta, además, permitió recibir 210 observaciones e indicaciones, entre las que se encuentran:

 

•         Establecer sanciones para las autoridades que no cumplan la normativa.

 

•         Transparentar la información tratándose de familiares o personas cercanas a la autoridad que realiza el lobby.

 

•         Registrar en material audiovisual las reuniones de lobby de los parlamentarios.

 

•         Incluir una categoría que contemple el lobby de los Think Tanks, como por ejemplo el CEP, Libertad, ONG, abogados, etc.

 

•         Permitir la celebración de reuniones por videoconferencias o sistemas similares.

 

•         Considerar como sujetos pasivos de lobby, como lo hace la CC.DD., a los jefes de gabinete de los parlamentarios y los asesores de los comités y/o de los parlamentarios que accedan a las salas de comisiones, en forma regular, así como los asesores externos que realicen asesorías presenciales a los parlamentarios o comités.

 

•         Asimismo, al igual que la CC.DD., establecer que las comisiones deberán incluir en un registro especial, que será público, a todas las personas que ingresen a sus sesiones y no sean funcionarios de la Cámara de Diputados, del Senado o de la Biblioteca del Congreso Nacional.

 

•         Falta definir qué se entiende por trabajo en terreno.

 

•         Incluir las cartas y los correos electrónicos que tengan por objeto promover, defender o representar cualquier interés particular, para influir en las decisiones que, en el ejercicio de sus funciones, deban adoptar los sujetos pasivos que se indican en los artículos 3º y 4º si se considerara que dichas acciones constituyen lobby.

 

•         Periódicamente (cada uno o dos meses), los funcionarios públicos debieran hacer una declaración respecto a sus participaciones en actividades de lobby.

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