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Solicitaran patrocinio para moción que establece exención tributaria a importación y venta de medicamentos, órganos y células madres

Los senadores Carolina Goic y Francisco Chahuán junto con Claudia Schwabe madre de menor de Puerto Varas que necesita trasplante, realizaron la petición para la venta e importación de productos sanitarios que realice la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud.

13 de julio de 2015

Desde el Hospital Clínico UC, los senadores Carolina Goic y Francisco Chahuán, ambos integrantes de la Comisión de Salud de la Cámara Alta solicitaron patrocinio al gobierno para el proyecto que modifica ley sobre impuesto a las ventas y servicios, con el objeto de establecer exención tributaria para la venta e importación de productos sanitarios que realice la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (CENABAST). En la oportunidad estuvieron acompañados por Claudia Schwabe madre de menor de Puerto Varas que necesita trasplante.Imagen foto_00000003

 

Al respecto, la senadora Goic recordó que hoy la CENABAST, efectúa acciones destinadas a la importación de productos sanitarios, debiendo pagar IVA y derechos aduaneros para que éstos ingresen al país, aumentando el costo de inversión de la institución en medicamentos e insumos que son necesarios para la prevención, diagnóstico y tratamiento de diversas patologías que sufren los usuarios de nuestro sistema de salud.

 

De igual manera, la legisladora indicó que el mismo gravamen señalado anteriormente es el que debe pagar toda persona por la importación de medicamentos, órganos o tejidos, aun cuando éstos les hayan sido donados desde alguna entidad extranjera.

 

“Por tanto, al no existir un régimen tributario especial para la importación que realice CENABAST, es indiferente si dicha importación es gestionada como persona natural, o a través de dicha entidad estatal” explicó la congresista.

 

Además, comentó que en nuestra legislación, bajo ciertas circunstancias, establece exenciones tributarias para la importación de determinados bienes realizada por ciertas entidades, por ejemplo, está exenta de IVA la importación de maquinaria bélica y, en general, elementos de uso militar o policial que efectúen entidades vinculadas a la defensa nacional y resguardo del orden y seguridad pública, aunque lamentablemente los productos sanitarios no.

 

Del mismo modo, puntualizó que una exención de IVA y derechos aduaneros a las importaciones que realiza CENABAST, traería consigo una mayor disponibilidad de fondos del Estado destinados a la prevención, diagnóstico y tratamiento de muchas enfermedades, teniendo un positivo impacto sobre todo en los recursos destinados a financiar el Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo que crea la Ley N° 20.850, dado el elevado monto de las prestaciones que este sistema cubrirá.

 

En esa línea, indicó que la moción pretende asegurar:

 

1.- Exención de IVA en la importación realizada por CENABAST respecto de medicamentos, órganos, tejidos y células madres; y de los productos sanitarios que necesarios para el otorgamiento de las prestaciones cubiertas por la Ley Ricarte Soto.

 

2.- Exención en las ventas o transferencias que realice CENABAST que recaigan en medicamentos y otros productos sanitarios.

 

3.- Exención arancelaria respecto de productos sanitarios importados por CENABAST. De esta manera, se propone al Poder Ejecutivo que, en conformidad a sus atribuciones sobre la materia, modifique el decreto que fija el arancel aduanero.

 

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