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Sesión 82 ª, Ordinaria, en miércoles 16 de diciembre de 2015

Se realizó desde las 16:16 a las 19:52 horas con la asistencia de 34 senadores. Presidieron la sesión los senadores Patricio Walker y Eugenio Tuma, presidente accidental. Actuó de Secretario General el señor Mario Labbé Araneda

17 de diciembre de 2015

SOLIDARIZA CON FAMILIARES DE ESTUDIANTES DESAPARECIDOS EN MEXICO

 

Imagen foto_00000004Por unanimidad, se aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por los senadores Juan Pablo Letelier, Isabel Allende, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Lily Pérez, Francisco Chahuán, Juan Antonio Coloma, José García, Alejandro García-Huidobro, Alejandro Guillier, Antonio Horvath, Manuel Antonio Matta, Carlos Montes, Manuel José Ossandón, Jaime Quintana, Rabindranath Quinteros, Fulvio Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar, por el que expresan su solidaridad en lo relativo a las víctimas y familiares de los estudiantes actualmente desaparecidos de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa, manifestando su respaldo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y alentando al Gobierno mexicano a tomar las medidas necesarias para esclarecer estos hechos. (Boletín N° S 1.845-12)

 

 

NOMBRAMIENTO DE CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

 

Imagen foto_00000006Por unanimidad, se aprobó la solicitud de la Presidenta de la República, mediante la cual solicita el acuerdo del Senado para nombrar al señor Jorge Bermúdez Soto, en el cargo de Contralor General de la República. (Boletín N° S 1.843-05)

 

Intervinieron los senadores Alfonso de Urresti, Alberto Espina, Pedro Araya, Hernán Larraín, Lily Pérez y Jaime Quintana.

 

En consecuencia, corresponde comunicar a la Presidenta de la República el acuerdo otorgado a su solicitud.

 

 

FORTALECE FUNCIONES Y PLANTAS DEL PERSONAL MUNICIPAL

 

Imagen foto_00000008Se aprobó en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. (Boletín Nº 10.057-06) Con urgencia calificada de “suma”.

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto dar respuesta al creciente aumento de responsabilidades de las municipalidades del país, fortaleciendo las funciones de su personal y así permitir el avance de estas instituciones desde meras administraciones a verdaderos gobiernos locales.

 

Contenido del proyecto de ley:

 

- Faculta a los Alcaldes, a través de un reglamento municipal, para fijar o modificar cada 8 años las plantas de funcionarios, con especial focalización en cargos de profesionales y técnicos, con acuerdo del Concejo y previa consulta de la opinión de las asociaciones de funcionarios vigentes.

 

- En estas modificaciones se deberán considerar principalmente la disponibilidad presupuestaria y el límite de gasto en personal vigente.

 

- Dispone que en el proceso de elaboración de la planta de funcionarios, los Alcaldes podrán considerar la opinión de un Comité Bipartito constituido especialmente para este efecto, conformado paritariamente por funcionarios y representantes del Alcalde, la cual podrá ser presentada al concejo municipal en ejercicio con anterioridad a la readecuación de las plantas.

 

- La fijación o modificación de plantas no podrá efectuarse en un año que corresponda a elecciones de Alcaldes o Concejales, debiendo ello realizarse dentro del año siguiente.

 

- Regula el procedimiento para el encasillamiento del personal que sea procedente como consecuencia de la fijación o modificación de plantas de funcionarios.

 

- Dispone el pago mensual de la asignación profesional a los funcionarios municipales que estando en posesión de un título profesional, se desempeñen en las plantas de directivos, profesionales y jefaturas, así como a los funcionarios a contrata asimilados a grados de las señaladas plantas, exceptuándose del derecho a esta asignación a los Alcaldes y a los Jueces de Policía Local.

 

- Establece el deber de los alcaldes de presentar para aprobación del concejo una política de recursos humanos, la cual deberá contemplar, a lo menos, los mecanismos de reclutamiento y selección; promoción y capacitación; y egreso.

 

- Obliga a las municipalidades a remitir, a lo menos anualmente, a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública una serie de antecedentes relacionados con personal y recursos humanos; información que sólo podrá ser utilizada por la Subsecretaría para proponer y evaluar las políticas y planes correspondientes al ámbito municipal, así como estudiar y proponer las normas aplicables a dicho sector.

 

- Aumenta, a partir del año 2018, el aporte fiscal al Fondo Común Municipal, desde 218.000 UTM a 1.052.000 UTM.

 

- Faculta a las municipalidades para crear en el reglamento de organización interna, los órganos y unidades que estimen necesarias para su funcionamiento, pudiendo traspasar a éstas las funciones propias de otros estamentos internos. Para la creación de dichas unidades será necesario que se justifique su necesidad mediante informe fundado emitido por la Secretaría de Planificación Comunal y la de Administración Municipal.

 

- Dispone que el gasto anual en personal no podrá exceder, respecto de cada municipalidad, del 42% de los ingresos propios percibidos en el año anterior, no pudiendo destinarse más del 40% de este límite, a cargos a contrata del municipio respectivo, en su conjunto.

 

- Regula los requisitos mínimos que se deberán cumplir para el ingreso y la promoción en los cargos de las plantas de Directivos; de Profesionales; de Jefaturas; de Técnicos; de Administrativos y de Auxiliares de la organización municipal.

 

- Mejora los grados del personal de las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares, el que será encasillado, por el sólo ministerio de la ley, en el grado inmediatamente superior al que sirve en calidad de titular. En el caso del personal a contrata, se faculta a los alcaldes a modificar los respectivos actos administrativos de contratación, disponiendo aumentos de grados en los mismos términos establecidos para el personal de planta.

 

- Concede al personal de planta y contrata, que se encontraba en funciones en las plantas de Jefaturas y Directivos al 1° de enero de 2015, una asignación especial de Directivo-Jefatura, siempre que no tengan derecho a la asignación profesional. El monto de aquella es variable y se determina según las reglas que se establecen.

 

- Los funcionarios municipales que tengan derecho a percibir la asignación profesional o la asignación Directivo-Jefatura, recibirán un bono especial, imponible y tributable que ascenderá al equivalente a 4 veces el monto que les corresponda recibir  por dicha asignación. Asimismo, también tendrán derecho a un bono especial, calculado en la forma que se dispone en el presente proyecto de ley, quienes se encuentren cumpliendo funciones en cargos en plantas de técnicos, administrativos o auxiliares.

 

Intervinieron los senadores Alberto Espina, Andrés Zaldívar, Antonio Horvath, Baldo Prokurica, Juan Antonio Coloma, Alejandro Guillier, José García, Hernán Larraín, Felipe Harboe, Eugenio Tuma, Ena Von Baer, Lily Pérez, Carlos Montes, Francisco Chahuán, Manuel José Ossandón y el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, Ricardo Cifuentes.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados en segundo trámite constitucional.

 

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