Click acá para ir directamente al contenido

  Sesión 89ª, Ordinaria, en miércoles 11 de enero de 2012

  Se realizó desde las 16:22 a 19:29 horas con la asistencia de 35 senadores. Presidieron la sesión los senadores Guido Girardi, Presidente, Juan Pablo Letelier, Vicepresidente, Fulvio Rossi y José Antonio Gómez, Presidentes accidentales. Actuó de Secretario don Mario Labbé

12 de enero de 2012

EXTIENDE PLAZO A RADIOS COMUNITARIAS PARA ADECUARSE A NORMATIVA SOBRE CONCESIONES

 

ImagenPor unanimidad y sin discusión, se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que extiende los plazos de los servicios de radiodifusión comunitaria para adecuarse a la normativa en materia de concesiones. (Boletín Nº 8.031-19) Con urgencia calificad de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto resolver la ausencia de normas para regular el período de transición de las concesiones de radiodifusión de mínima cobertura a radios comunitarias, en conformidad a la ley Nº 20.433, que crea los servicios de radiodifusión comunitaria ciudadana.

 

Proyecto de ley:

 

- Amplía de 180 días a un año, contado desde la entrada en vigencia de este proyecto como ley, el plazo para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos para el funcionamiento de los Servicios de Radiodifusión Comunitaria.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados para que sea remitido al Ejecutivo comunicándole su aprobación.

 

 

MODIFICA FRASE DE APERTURA DE LA SESIÓN

 

Por 30 votos a favor y una abstención, se aprobó el proyecto de acuerdo, iniciado en Moción de los senadores Isabel Allende, Soledad Alvear, Juan Pablo Letelier, Carlos Cantero y del ex senador Andrés Chadwick, que modifica el Reglamento del Senado en materia de apertura de la sesión. Boletín Nº S 1.277-09

 

El proyecto de reforma al Reglamento del Senado tiene por objeto modificar la frase que se pronuncia por el Presidente del Senado "En el nombre de Dios, se abre la sesión", por aquella que señala "En nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión."

 

Intervinieron las senadoras Soledad Alvear e Isabel Allende.

 

En consecuencia, procede incorporar la modificación al Reglamento del Senado.

 

 

MODIFICA PLAZOS SOBRE MUERTE PRESUNTA

               

Por unanimidad, se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica plazos sobre muerte presunta y establece normas sobre comprobación judicial de muerte. (Boletín Nº 7.973-07) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto modificar la Ley del Registro  Civil y el Código Civil para consagrar una normativa sobre inscripción de defunciones, con la finalidad de que cada vez que se tenga total certeza de la muerte de una persona, como ocurrió con el accidente aéreo en Juan Fernández, se proceda a la inscripción de su fallecimiento, a pesar de que el cadáver no hubiese sido hallado o no fuese posible su identificación. 

 

Proyecto de ley:

 

- Reduce los plazos de ausencia requeridos para los casos en que la desaparición de la persona se ha producido luego de un accidente aeronáutico, un naufragio, un sismo o una catástrofe.

 

- Incorpora en el Código Civil la figura jurídica de la comprobación judicial de la muerte.

 

- Permite la inscripción de una defunción en virtud de una resolución judicial en los casos en que la ley lo determine.

 

Intervinieron la senadora Soledad Alvear y el Ministro de Justicia, Teodoro Ribera.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

 

REPROGRAMACIÓN DE CRÉDITOS UNIVERSITARIOS

 

Por unanimidad se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre reprogramación de créditos universitarios. (Boletín Nº 7874-04)  Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto permitir la reprogramación de las deudas morosas del crédito solidario universitario como una medida para facilitar el pago y mejorar también los índices de recuperación del fondo solidario, facilitando el acceso de las nuevas generaciones a la educación superior.

 

Proyecto de Ley:

 

- Se establecen las condiciones y beneficios a los cuales podrán acogerse los deudores de los Fondos Solidarios de Crédito Universitario, crédito universitario y crédito fiscal universitario, que  se encontraren en mora al 30 de junio de 2011 y que no se hubieren acogido a ninguna reprogramación anterior.

 

- La deuda reprogramada deberá pagarse en cuotas anuales, iguales y sucesivas, que no podrán exceder de 10 cuotas, si el monto de la deuda reprogramada es igual o inferior a 150 UTM, o de 15 cuotas, si es superior a 150 UTM.

 

- Condona total o parcialmente los intereses penales, lo que se determinará de acuerdo a un pago inicial que debe realizar el deudor, y en la fijación de un nuevo número de cuotas anuales.

 

- A los deudores con ingresos inferiores a 6 UTM y que estén cursando estudios de postgrado se les suspenderá la obligación de pago anual y el plazo máximo para servir la deuda.

 

- También podrá suspenderse la obligación de pago para deudores que acrediten cesantía, suspensión que podrá solicitarse por una sola vez y operará por un período máximo de doce meses. En este caso, el plazo máximo para servir la deuda se extenderá por el mismo número de meses que haya operado la suspensión.

 

- Fija en 2% la tasa de interés anual para el cálculo de las cuotas anuales. 

 

- Rebaja de 1,5% a 1% el interés penal que se aplica en caso de incumplimiento del pago anual que corresponda efectuar.

 

Intervinieron los senadores Eduardo Frei, Jaime Quintana, Camilo Escalona y Ena Von Baer.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el lunes 16 de enero próximo.

 

 

AUMENTA SANCIONES POR MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD

 

Se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 18.290, aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, y bajo la influencia del alcohol. (Boletín N° 7.652-15) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto endurecer las penas por manejo en estado de ebriedad, a fin de contribuir a evitar los accidentes de tránsito ocasionados por conductores con presencia de alcohol en la sangre, que constituye una de las principales causas de muerte en el país.

 

La iniciativa fue analizada en forma conjunta con la Moción presentada por los Senadores José Antonio Gómez y Carlos Cantero (Boletín Nº 7.266-07), sobre idéntica materia, el que no puede refundirse con el presente proyecto por encontrarse en distintos trámites constitucionales.

 

Proyecto de ley:

 

- Rebaja las tasas de tolerancia de nivel de alcohol en la sangre: el manejo en estado de ebriedad de 1,0 a 0,8 gramos por mil y, el desempeño bajo la influencia del alcohol -actualmente en el rango de 0,5 a 1,0 gramos por mil- a 0,3 e inferior a 0,8 gramos por mil.

 

- Faculta a Carabineros para someter a cualquier conductor a un alcohotest, el que deberá ser realizado con instrumentos certificados por el Ministerio de Transportes. También los autoriza, en caso de no contar con el instrumento para realizar la prueba, para llevar al conductor a la Comisaría más cercana que cuente con dicho equipo, o disponer que se realice el examen en un establecimiento de salud.

 

Conducción bajo la influencia del alcohol:

 

- Sanciona la conducción bajo la influencia del alcohol, con multa de 1 a 5 UTM y la suspensión de la licencia de conducir por 3 meses. Si además se causaren daños materiales o lesiones leves (enfermedad por no más de 7 días), se suspenderá la licencia por 6 meses.

 

- Tratándose de lesiones menos graves, se impone la pena de prisión en su grado mínimo o multa de 4 a 10 UTM y la suspensión de la licencia de conducir por 9 meses.

 

- Las lesiones graves se castigarán con pena de reclusión o relegación menores en sus grados mínimos o multa de 11 a 20 UTM, cuando importare simple delito, y la suspensión de la licencia de conducir de 18 a 36 meses.

 

- Las lesiones graves o la muerte, se castigarán con la pena de reclusión menor en su grado máximo, multa de 21 a 30 UTM y la suspensión de la licencia para conducir por un mínimo de 36 y un máximo de 60 meses.

 

Conducción en estado de ebriedad:

 

- Castiga la conducción en estado de ebriedad, o bajo la influencia de estupefacientes o sustancias sicotrópicas, con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de 2 a 10 UTM, además de la suspensión de la licencia de conducir por 2 años, si fuese sorprendido en una primera ocasión, por 5 años, en caso de ser sorprendido por segunda vez y, con la cancelación de la licencia al ser sorprendido en una tercera ocasión, aunque no se hubiesen ocasionado daños.

 

Reincidencia:

- Castiga la reincidencia con la suspensión de la licencia de conducir por un plazo que no podrá ser inferior a 48 ni superior a 72 meses.

 

Intervinieron los senadores Baldo Prokurica, Fulvio Rossi, Juan Pablo Letelier, Francisco Chahuán, Guido Girardi, Jorge Pizarro, Jaime Quintana, Ricardo Lagos, Juan Antonio Coloma, Lily Pérez, José Antonio Gómez, Carlos Cantero, Alberto Espina, el Ministro de Transportes, Pedro Pablo Errázuriz y la Subsecretaria de Transportes, Gloria Hutt.

 

En consecuencia el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

 

MODIFICA LÍMITES INTERCOMUNALES

 

Por no haberse presentado indicaciones, se dio por aprobado en particular  el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica límites intercomunales entre Combarbalá y Punitaqui, en la Región de Coquimbo, y entre Puerto Varas y Puerto Montt, en la Región de Los Lagos. (Boletín N° 6.733-06). Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto adecuar la estructura territorial del país, con el objeto de resolver situaciones territoriales que hoy se advierten como inapropiadas o inconvenientes, tanto para la administración municipal como para los habitantes de dichos territorios.

 

Contenido del proyecto:

- Modifica los límites comunales entre Combarbalá y Punitaqui, en la Región de Coquimbo; Puerto Varas y Puerto Montt, en la Región de Los Lagos y Freire y Padre Las Casas, en la Región de La Araucanía.

 

- Redefine los límites de las provincias de Santiago y Cordillera y los de las comunas de La Pintana y Puente Alto, en la Región Metropolitana.

 

- Establece normas para regular los efectos de estas modificaciones en materia de redistribución del Fondo Común Municipal, bienes muebles e inmuebles ubicados en los territorios involucrados; causas judiciales pendientes; créditos y obligaciones de los municipios concernidos; traspaso de personal municipal y cambios en las inscripciones electorales.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados para que lo remita al Ejecutivo comunicándole su aprobación.

 

 

PERFECCIONA SISTEMA DE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS

 

Por unanimidad, se aprobó el informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley sobre otorgamiento y uso de licencias médicas. (Boletín Nº 6.811-11) Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto perfeccionar el sistema de licencias médicas, estableciendo regulaciones que permitan asegurar su otorgamiento y uso correcto, mediante la aplicación de medidas de control y fiscalización, y de sanciones respecto de las conductas fraudulentas, ilegales o abusivas relacionadas con dicho instrumento.

 

Proyecto de ley:

 

- Faculta a las COMPIN para evaluar el otorgamiento de las licencias médicas sometidas a su conocimiento, permitiéndoles solicitar a los profesionales que las hayan emitido, los antecedentes o informes complementarios que las respalden. Excepcionalmente, y por razones fundadas, podrá citar a los médicos para aclarar aspectos de su otorgamiento.

 

- Regula las sanciones que podrán aplicarse a los profesionales que no cumplan con los requerimientos de información o no asistan a las citaciones.

 

- Autoriza a las Isapres para solicitar a los profesionales que emitan licencias médicas, los antecedentes o informes complementarios que las respalden. La no entrega de esta información sólo podrá ser sancionada por la COMPIN respectiva.

 

- Obliga a las ISAPRES que determinen la reducción o rechazo de una licencia médica a remitir los antecedentes que fundamenten tal decisión a la COMPIN, quien podrá ratificar o denegar la modificación de la licencia médica.

 

- Igualmente, faculta a los cotizantes para solicitar a la COMPIN los antecedentes que justifiquen la modificación de la respectiva licencia.

 

- Encarga a un reglamento dictar guías clínicas referenciales sobre los exámenes, informes y antecedentes que deberán respaldar la emisión de licencias médicas.

 

- Entrega a la Superintendencia de Seguridad Social la facultad de iniciar una investigación respecto del profesional que haya emitido licencias con ausencia de fundamento médico, estableciendo las sanciones -multas o suspensión de la facultad para emitir licencias- que podrán aplicársele en el caso que los hechos denunciados sean acreditados en la investigación y los procedimientos para que el médico inculpado formule sus descargos.  De esta circunstancia, también se deberá notificar al paciente y al empleador.

 

- Obliga a la Superintendencia a remitir los antecedentes al Ministerio Público, en caso que el profesional haya incurrido en falsedad en el otorgamiento de licencias médicas.

 

- Sanciona al contralor médico de una ISAPRE que ordene rechazar o modificar una licencia médica sin justificación que respalde su resolución.

 

- Sanciona a quien incurra en falsedades en el otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas o declaraciones de invalidez, tipificando este delito en el Código Penal.

 

Intervinieron los senadores Baldo Prokurica y Hosaín Sabag.

 

En consecuencia, procede que la Cámara de Diputados se pronuncie respecto del Informe de la Comisión Mixta.

 

 

REGULARIZA CONSTRUCCIÓN DE BIENES RAÍCES DE ENTIDADES RELIGIOSAS

 

Por unanimidad y sin debate, se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que regulariza la construcción y posesión de bienes raíces de entidades religiosas. (Boletín Nº 8.001-14)

 

El proyecto de ley, iniciado en Moción de los señores Juan Pablo Letelier, José García, Guido Girardi, Hosaín Sabag y Eugenio Tuma, tiene por objeto permitir, en forma excepcional y mediante un procedimiento administrativo simplificado, la regularización definitiva de edificaciones destinadas al culto, que pertenezcan a entidades religiosas.

 

Proyecto de ley:

 

- Permite a las entidades religiosas, cuyas edificaciones destinadas al culto y sus anexos construidos con o sin permiso de edificación, y que no cuenten con recepción definitiva, regularizar su situación de acuerdo al procedimiento simplificado que se establece.

- La regularización deberá efectuarse dentro del plazo de un año, a contar de la fecha de publicación de este proyecto como ley.

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión, para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 5 de marzo próximo.

 

 

OTORGA AUTONOMÍA A DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA

 

Quedó para segunda discusión en general el proyecto de reforma constitucional, en primer trámite, sobre Defensoría Penal Pública. (Boletín Nº 4.520-07)

 

El proyecto de reforma, iniciado en moción de la Senadora Soledad Alvear, tiene por objeto otorgar a la Defensoría Penal Pública, el carácter de institución autónoma, y consecuentemente, exenta de la tutela y supervigilancia del Gobierno de turno, con la finalidad de permitirle ejercer plenamente su función de garante del derecho a defensa que la Constitución reconoce a todo imputado o acusado en un proceso penal.

 

Contenido del proyecto:

- Eleva a rango constitucional la existencia de la Defensoría Penal Pública, como un organismo autónomo, encargado de proporcionar defensa penal a los imputados o acusados que carezcan de abogado.

 

Intervino la senadora Soledad Alvear

 

En consecuencia, procede continuar con la discusión de esta iniciativa en la próxima sesión.

 

INCIDENTES

 

El senador  CARLOS CANTERO manifestó su preocupación por el posible bloqueo que pudiera generarse en la Segunda Región, en relación con la actividad industrial del cultivo del pez dorado. Señaló que por la vía de la concentración de las concesiones de acuicultura, en manos de muy pocas personas,  pueden desarrollarse procesos especulativos, que dificulten y encarezcan  el ingreso de nuevos actores que contribuyan al desarrollo a esta prometedora actividad industrial.

 

Solicitó enviar copia de su intervención a SERNAPESCA para que informe con qué criterio se van a entregar las concesiones y para que se inhiban de avanzar en su entrega, mientras no se aclare la situación, por el riesgo que éstas terminen concentradas en dos grandes empresas, que perjudiquen tan promisoria actividad.

 

El senador  CAMILO ESCALONA solicitó dirigir oficios a diversas autoridades en relación con las siguientes materias:

 

1.- Al señor Ministro de Salud, para que informe sobre el eventual atraso en las obras destinadas a la construcción del nuevo hospital regional de Los Lagos, situado en la ciudad de Puerto Montt.

 

2.- Al señor Ministro de Educación, para  recordarle el compromiso adoptado con motivo del estudio del proyecto de ley que establecía atribuciones para dicho Ministerio, a fin de impedir represalias contra los estudiantes que hubiesen participado en el movimiento estudiantil que hubo en el país aproximadamente desde mayo a diciembre del año recién pasado.

 

3.- A la señora Ministra de Bienes Nacionales para agradecer la disposición que ha tenido hacia el proyecto de ley de su autoría que tiene como propósito resolver la carencia de títulos de dominio de los habitantes en las viviendas conocidas como palafitos en el borde costero de la provincia de Chiloé, internacionalmente reconocidos como una atracción turística.

Imprimir