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Visan iniciativa que apunta a perfeccionar sistema de certificación de médicos extranjeros que trabajen en el sistema público

Sala aprobó en forma unánime la idea de legislar de la iniciativa que cumple su segundo trámite.

14 de diciembre de 2016

Imagen foto_00000016Con plazo para realizar indicaciones hasta el 19 de diciembre próximo quedó el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.261, en relación con la certificación de especialidades médicas cursadas o ejercidas en el extranjero. (Boletines Nos 9.906-11 y 10.924-11, refundidos).

 

La Sala aprobó por 27 votos a favor y 3 abstenciones, la idea de legislar de la iniciativa que tuvo su origen en distintas mociones de diputados y que tiene por objeto contribuir a la superación de la crisis que afecta al sistema público de salud, como consecuencia de la carencia de médicos especialistas, facilitando el ejercicio de aquellos que hayan obtenido su especialidad en el extranjero.

 

Durante el debate hicieron uso de la palabra los senadores Carolina Goic, Francisco Chahuán, Alejandro García Huidobro, Baldo Prokurica, Juan Antonio Coloma, Alejandro Navarro, Antonio Horvath, Lily Pérez San Martín y Juan Pablo Letelier.

 

Los parlamentarios valoraron la iniciativa, que es una sentida aspiración de muchas comunidades rurales que no cuentan con especialistas en sus regiones. Sin embargo, se hicieron presente la necesidad de realizar algunos perfeccionamientos en lo relativo a los plazos que se contemplan en los artículos transitorios. 

 

Contenido del proyecto de ley:

 

- Exime a los médicos que postulen a los cargos o empleos de médico cirujano en los Servicios de Salud, en los establecimientos de carácter experimentales y en los establecimientos de atención primaria de salud municipal, del requisito de haber aprobado el examen único nacional de conocimientos de medicina (EUNACOM), cuando éstos se encuentren en posesión de una especialidad o subespecialidad, certificada por la alguna de las entidades certificadoras de especialidades médicas, autorizadas por el Ministerio de Salud.

 

- Faculta a las entidades señaladas para certificar la especialidad o subespecialidad de quienes hayan obtenido su título profesional de médico cirujano en el extranjero, pero que no se encuentren habilitados para ejercer su profesión en Chile y que no hayan rendido o aprobado el EUNACOM.

 

- Los médicos extranjeros así certificados, estarán exentos de rendir el EUNACOM, pudiendo ejercer la medicina en Chile, pero limitado al de la especialidad o subespecialidad que le fuere certificada, y sólo para el sector público.

 

- Otorga un plazo de 6 meses, desde la fecha de publicación como ley de este proyecto, para que los médicos cirujanos que hayan obtenido una especialidad o subespecialidad en el extranjero presenten su solicitud de certificación.

 

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