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¿En qué va el proyecto que compensa a los usuarios por cortes de agua potable?

La Comisión de Obras Públicas del Senado se encuentra estudiando esta iniciativa que obliga a las empresas sanitarias a cancelar cierta cantidad de UTM al cliente en la siguiente facturación

24 de junio de 2013

Imagen foto_00000014El verano pasado miles de clientes en la Región Metropolitana se vieron afectados por sucesivos cortes de suministro de la empresa Aguas Andinas. Éstos tuvieron que esperar que la Superintendencia de Servicios Sanitarios decretara en abril el pago de una compensación, esto porque la única forma de recibir una retribución económica implica recurrir a los tribunales.

 

Con el fin de facilitar este proceso, se encuentra en tramitación un proyecto, iniciado en moción, sobre compensaciones a usuarios de servicios de distribución de agua potable en caso de interrupciones o suspensiones no autorizadas o no comunicadas previamente.

 

¿En qué consiste el proyecto?

 

La propuesta modifica la Ley General de Servicios Sanitarios con el fin de facilitar y asegurar una compensación económica a los clientes de servicios sanitarios. Hoy los afectados sólo pueden denunciar el hecho a la Superintendencia que está facultada para sancionar a la empresa, pero para efectos de recibir una compensación, es necesario interponer acciones legales.

 

¿Cómo operaría en la práctica?

 

Deben darse los siguientes requisitos:

 

  • Interrupción o suspensión del servicio de distribución de agua potable por parte de un prestador siempre y cuando no se trate de una caso de fuerza mayor, es decir, cortes producidos por un terremoto, temporal o un incendio, entre otros eventos imposibles de predecir y contener
  • Que dicho corte no haya sido autorizado por la autoridad o no haya sido comunicado previamente a los usuarios
  • Que afecte parcial o íntegramente una o más áreas de concesión de distribución

 

En estos casos se dará lugar a una compensación a los usuarios de cargo del concesionario. Éste deberá descontar los valores correspondientes al corte en la facturación más próxima.

 

¿Cuál ha sido su tramitación?

 

El proyecto se encuentra en segundo trámite, lo que quiere decir que ya fue revisado por la Cámara de Diputados donde se aprobó su contenido.

 

¿En qué etapa se encuentra?

 

La Comisión de Obras Públicas de la Cámara Alta analizó su articulado, por lo que planteó indicaciones, que en lo sustancial, enriquecen el texto original.

 

¿Qué cambios ha tenido el texto?

 

Se han incorporado ideas como por ejemplo:

 

  • Se plantea que la compensación económica no sea impedimento para que los usuarios puedan recurrir al Servicio Nacional de Consumidor (Sernac) y entablar acciones legales.
  • La compensación dependerá de las características del corte, principalmente de su duración. Los cortes de menores a tres horas considerando 30 días corridos no serán compensados. Los superiores a este tiempo sí lo serán, estableciéndose una escala de compensación en Unidades Tributarias Mensuales (UTM)
  • Se considera tanto el corte de agua potable como el del servicio de alcantarillado
  • Se plantea que la citada Superintendencia tenga atribuciones para suspender el cobro del servicio, lo que se conoce como suspensión de fórmulas tarifarias
  • Tanto la Superintendencia como el Sernac podrán trabajar en forma complementaria para defender a los usuarios
  • Esta norma no regirá en el caso de los cortes programados e informados previamente y los que sean indispensables para mantener el sistema

 

¿Qué viene ahora?

 

El proyecto fue enviado a la Comisión de Hacienda para que se pronuncie sobre materias de su competencia. Luego los senadores en la Sala deberán votarlo en particular, tras lo cual será remitido a la Cámara de Diputados para su tercer trámite. Allí deben analizarse los cambios introducidos por el Senado.

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