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Integridad municipal

Despachan a Sala proyecto que avanza en mayor probidad municipal

Esto, luego de que la Comisión de Gobierno aprobara en general la norma que modifica distintos cuerpos legales en materia de transparencia, fiscalización y probidad de las corporaciones municipales y organizaciones.

15 de enero de 2024

Con el fin de fomentar la transparencia y la rendición de cuentas de todas las instituciones que reciban aportes públicos de cualquier tipo; además de prevenir la corrupción y ampliar los mecanismos de participación ciudadana, la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, aprobó en general el proyecto que modifica diversos cuerpos legales en materia de transparencia, fiscalización y probidad de las corporaciones municipales y organizaciones.

 

La norma, que se encuentra cumpliendo su segundo trámite constitucional, responde a dos mociones refundidas (14594 y 15523) y contó con el respaldo unánime de los presentes en la instancia parlamentaria, presidida por el senador Esteban Velásquez y, una vez que sea emitido el respectivo informe, será analizado por la Sala.

 

La idea matriz del proyecto es exigir transparencia y obligación de rendición a todas las instituciones privadas, con o sin fines de lucro, que reciban aportes, subvenciones, traspasos directos, licitaciones o fondos públicos de cualquier tipo, de parte de Municipalidades, Gobiernos Regionales o Poderes del Estado, con el fin que la Contraloría General de la República pueda fiscalizar todo caudal público entregado a estas entidades.

 

PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN Y CONFLICTOS DE INTERESES

 

Durante la sesión, la subsecretaria de la Segpres, Macarena Lobos, detalló los alcances de la medida que se enmarca dentro de la Estrategia Nacional de Integridad Pública.

 

En general, señaló Lobos, hay una “ampliación de la competencia de la unidad de control interno para las corporaciones y fundaciones municipales, que han sido foco de temas de corrupción. Creemos que acá dotamos a los municipios de herramientas eficientes y eficaces para darles más transparencia, prevención de corrupción y conflicto de intereses”.

 

A su turno, la alcaldesa Carolina Leitao, presidenta de la Asociación Chilena de Municipalidades (ACHM) y Graciela Correa, coordinadora jurídica y legislativa de la Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH), indicaron que participaron durante la tramitación en la Cámara, pero insistieron en algunos puntos que deben ser resueltos.

 

Leitao advirtió que “cada vez que se asigna nueva responsabilidad a los municipios, no va a acompañado de presupuesto”, aludiendo, principalmente, a la realidad de municipios pequeños.

 

Entre los puntos que, a juicio de las invitadas, se deben revisar están control y tuición técnica; contratación; considerar situaciones de convivencia en la línea de consanguineidad; estatuto administrativo; entre otros, siempre avanzando en herramientas que no signifiquen una paralización de la acción municipal, indicaron.

 

MUNICIPALIDADES

En las municipalidades se propone, entre otros, la creación de un Plan de Integridad Municipal que deberá tener un funcionario responsable. Se insta a generar una cultura de integridad e instrumentos de ética, canales de consultas de denuncias, canales de rendición de cuentas, entre otros.

 

Fortalecimiento de la Unidad de Control Interno, incorporando la auditoria y dependerá administrativamente del alcalde y estará sujeto a la tuición técnica de la Contraloría General de la República, para garantizar su independencia y que cumpla ciertos estándares.

 

Fortalecimiento del rol del Concejo Municipal en materia de fiscalizar el cumplimiento de este Plan.

  

Se establece la obligación de abstención fundada (causales de conflicto de intereses y prevenir conflictos de intereses).

 

Obligación de someter a la aprobación del concejo las modificaciones de contratos por sobre 500 UTM.

 

Se refuerza la cuenta pública del alcalde en temas de integridad y anticorrupción y amplía el plazo de responsabilidad de los alcaldes y concejales (hasta 12 meses luego del cese de sus funciones).

 

Otros: se amplía la auditoría externa municipal; más transparencia a gastos en año de elección municipal; reglas de transparencia a las capacitaciones de concejales; incompatibilidades para funcionarios de exclusiva confianza del alcalde y concejales; se amplían causales de abstención del alcalde cuando exista conflicto de intereses; prevención de lavado de activos.

 

CORPORACIONES Y FUNDACIONES

 

En corporaciones y fundaciones municipales se eleva el quorum para aprobar la participación municipal en las asociaciones, corporaciones o fundaciones (2/3).

 

Informes trimestrales sobre la gestión; obligación de mantener un modelo de prevención de delitos funcionarios.

 

Propone inhabilidades para designar a directores en corporaciones y fundaciones municipales e incompatibilidad para trabajadores y amplía las normas del lobby a sus directores.

 

Faculta a la Contraloría para controlar las cuentas de las corporaciones y fundaciones y se establece auditoría externa para las que reciban aportes sobre 10.000 UTM, entre otros.

 

ORGANIZACIONES COMUNITARIAS

 

Establece inhabilidades para integrar el directorio de organizaciones comunitarias territoriales y funcionales por funcionarios de municipios y sus parientes.

 

Obliga la rendición de cuentas de organizaciones comunitarias.

 

Obliga presentar proyectos para la postulación a subvención o aportes fiscales.

 

E instruye auditoría externa para organizaciones comunitarias. 

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