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  Hasta cinco años de cárcel tendrían quienes hagan transferencias electrónicas con tarjetas robadas o extraviadas

  Se trata de endurecer las sanciones y tipificar el delito de transferencias fraudulentas vía "pishing" y otras técnicas, dijo el senador Francisco Chahuán, autor de la iniciativa.

29 de diciembre de 2011

Desde 61 días a 5 años de presidio y multas del doble de lo obtenido de manera ilícita, podrían arriesgar quienes realicen transferencias indebidas de fondos por medios electrónicos, según lo establece una moción presentada por el senador Francisco Chahuán, que busca tipificar y sancionar dicho delito.

La iniciativa que será estudiada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, modifica la ley sobre cuentas corrientes bancarias y cheques, tipificando y sancionando las transferencias indebidas de fondos realizados por medios electrónicos.

El parlamentario recordó que en abril de 2005 se publicó la ley que limita la responsabilidad de los usuarios de tarjetas de crédito por operaciones realizadas con tarjetas extraviadas, hurtadas o robadas.

En dicho cuerpo legal se describen las conductas que constituyen delito de uso fraudulento de tarjeta de crédito y se establece que la pena que debe aplicarse a tales ilícitos es la de presidio menor en cualquiera de sus grados, y, para el caso que la acción realizada perjudique a terceros, se impondrá dicha pena en su grado máximo.

"Siendo esta ley un instrumento muy eficaz para la represión de dichas acciones dolosas, estimamos que también ha de sancionarse el vaciamiento de cuentas corrientes a través de internet o mediante transferencias electrónicas indebidas, situación que es de frecuente ocurrencia, conocida también como phising o trapping", dijo el senador.

Agregó que "el gran desarrollo de la tecnología informática ha posibilitado la aparición de nuevas formas de delinquir, como la manipulación fraudulenta de equipos computacionales con ánimo de lucro, con lo cual se provoca daños económicos a terceros, y en este caso, estimamos que debe contemplarse una figura delictiva relativa a la sustracción de fondos desde una cuenta corriente bancaria, a la vista o electrónica, mediante el empleo doloso de sistemas informáticos".

En su opinión  "debe establecerse una pena más alta para el caso de que sean funcionarios de una institución bancaria o financiera los que cometan tal delito, o terceros ajenos a ellas, pero con acceso autorizado por ellas, a los sistemas de las mismas".

La propuesta del senador dispone también, que además de la pena de presidio menor, se pueda aplicar una multa del doble del monto transferido indebidamente.

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