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  Proponen establecer cuidado personal compartido de menores y evitar el daño en caso de separación de los padres

  El senador Alejandro Navarro presentó un proyecto de ley que modifica el Código Civil en ese sentido. La iniciativa deberá ser estudiada por la Comisión de Constitución.

27 de marzo de 2012

Con el objeto de velar por el correcto desarrollo de los niños, el senador Alejandro Navarro presentó una moción que modifica el Código Civil para establecer el cuidado personal compartido de los menores y evitar el daño de éstos en caso de separación de los padres.

La iniciativa, que fue remitida a la Comisión de Constitución para su estudio, agrega una disposición que señala que "es deber de ambos padres, cuidar y velar por la integridad física y psíquica de sus hijos" y "deberán actuar en forma conjunta en las decisiones que tengan relación con el cuidado personal, educación y crianza y formación de los hijos evitando la comisión de actos u omisiones que degraden, lesionen o desvirtúen o que induzcan o tiendan a lesionar la imagen que un hijo tiene respecto de sus padres o de su entorno familiar".

Del mismo modo, dispone que en el caso de que los padres vivieran separados "el cuidado personal de los hijos corresponderá a ambos en forma compartida" y si no existe acuerdo el juez decidirá a solicitud de cualquiera de los padres, cuál de ellos tendrá a su cargo el cuidado personal de los hijos.

La iniciativa plantea que el padre que no tenga el cuidado personal del menor "no será privado del derecho ni quedará exento del deber, que consiste en mantener con él una relación directa y regular, la que ejercerá con la frecuencia y libertad acordada con quien lo tiene a su cargo, o, en su defecto, con las que el juez estimare conveniente para el menor. Se suspenderá o restringirá el ejercicio de este derecho cuando manifiestamente perjudique el bienestar del hijo".

También plantea sanciones a quienes practiquen conductas que denigren, desprestigien o alteren la imagen que el hijo tiene del otro padre en forma permanente y sistemática, y que tengan como resultado directo un cambio en la relación del otro padre con sus hijos.

ALIENACIÓN PARENTAL

Entre los fundamentos esgrimidos para legislar sobre la materia, el senador Navarro se refirió al Síndrome de Alienación Parental (SAP), que está definido como un proceso que consiste en programar a un hijo para que odie a uno de sus padres sin que tenga justificación para ello.

"Normalmente esta situación se crea tras un divorcio o separación conflictiva, en la que el progenitor que se queda con la custodia de los niños proyecta sus odios personales hacia su ex pareja en ellos. A menudo, se recurre a mentiras y falsas historias que convierten al otro padre en un monstruo, llegando incluso a hablar da abusos sexuales o malos tratos", explica el legislador.

Agrega que "como el SAP consiste en la continua manipulación de uno de los progenitores sobre su hijo para que deje de querer al otro progenitor, este proceso tiene efectos demoledores sobre las criaturas. A corto plazo el niño crece en orfandad psíquica paterna o materna, en un ambiente de secta fanática anti-papá o anti-mamá. A largo plazo, llegan a odiar a ambos progenitores, al que alienta el odio y al receptor del mismo".

El senador Navarro explicó que su proyecto tiene su origen en dos mociones -que llegaron a cumplir su segundo trámite al Senado la semana pasada- las que buscan proteger la integridad del menor en caso de que sus padres vivan separados y se funda en la necesidad de velar por la integridad psicológica de los menores.

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