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Tocaciones, seguimientos y hostigamientos en la vía pública y en el transporte tendrían los días contados sin sanción

Esto, luego de que la Sala aprobara por unanimidad el proyecto en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal para tipificar el delito de acoso sexual en espacios públicos.

24 de octubre de 2018

Hasta el lunes 26 de noviembre se recibirán indicaciones al proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal para tipificar el delito de acoso sexual en espacios públicos y los legisladores ya adelantaron que a través de las indicaciones se perfeccionará el texto, para evitar “aspectos subjetivos”.

 

Revise nota de contexto

 

Durante el debate –donde se aprobó por unanimidad la moción- se resaltó la importancia de incorporar un tipo penal específico de abuso sexual en lugares públicos o de acceso público, con el fin de promover el respeto a la dignidad de las personas en sus distintos géneros, evitando la naturalización de una manifestación de violencia sexual que experimentan mujeres, hombres, niñas y niños  en  estos espacios.

 

La senadora Adriana Muñoz visualizó la violencia que sufren preferente mujeres y que provienen de todos los sectores; asimismo llamó a agilizar la tramitación. Postura similar hizo presente la senadora Isabel Allende, quien lamentó que “todavía tenemos ciudadanos que creen que es factible tener actos de connotación sexual no consentidos en espacios públicos. Queremos terminar con estas situaciones”.

 

CULTURA A ERRADICAR

 

A su turno, el senador Francisco Chahuán manifestó la importancia de un cambio cultural en la relación con las mujeres. “9 de cada 10 mujeres han sido víctimas de acoso en el transporte público, eso habla de una cultura que tenemos que erradicar”, reclamó.

 

IImagen foto_00000003r igualando los derechos de hombres y mujeres fue el llamado de la senadora Carmen Gloria Aravena, quien hizo presente que “tales son los efectos que causan a sus víctimas, que terminan por modificar sus rutas, caminar acompañadas, cambiar el modo de vestir (…)”. En tanto el senador Juan Ignacio Latorre señaló que “estas conductas son una realidad que se están convirtiendo en un grave problema en nuestro país”, por lo que valoró que se trabaje por la sanción y el desincentivarlas; asimismo, adelantó que se debe avanzar en eliminar aspectos subjetivos que podrían perjudicar la aplicación de la norma.

 

Luego, la senadora Carolina Goic sentenció que “hemos avanzado en el reconocimiento de las personas, pero hay frases que parecían normales, el cuestionar cómo se viste, que la falda es muy corta, pero hoy son inaceptables” y convocó a avanzar para que nadie sienta temor de sufrir un trato vejatorio”.

 

Por último, la senadora Ximena Órdenes recordó que uno de los grandes logros de los movimientos feministas fue que el Estado se tuvo que hacer cargo de la equidad de género, además de resaltar que este es “un llamado de atención para que, entre todos, sigamos avanzando”.

 

CÁRCEL Y MULTAS

 

En concreto, la moción propone crear un nuevo tipo penal, y declara que “El que realizare una acción sexual que implique un contacto corporal contra una persona mayor de 14 años que provoque en la víctima intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo, sin que medien los términos señalados en el artículo 366 ter, será penado con presidio menor en su grado mínimo”, es decir, reclusión carcelaria entre 61 y 540 días.

 

Asimismo, se precisa que para una acción sexual distinta del acceso carnal, que implique un hostigamiento capaz de provocar en la víctima intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo, se impondrá la pena de multa equivalente a una 1 UTM ($48.160).

 

Si dichos actos consistieren en la captación de imágenes, vídeos o cualquier otro registro audiovisual del cuerpo de otra persona o de alguna parte de él, se impondrá una pena de multa entre 5 a 10 Unidades Tributarias Mensuales ($481.000) y si el registro es divulgado por medios de difusión, se impondrá una pena de multa entre 10 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (hasta $963.200).

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