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  Quieren corregir la pluralidad de infracciones de tránsito en vías concesionadas

  Ese es el objetivo de la moción que fija una regla de competencia para el Juez de Policía Local en caso de que la infracción se haya cometido el mismo día y en distintas rutas.

6 de diciembre de 2011

Con el fin de evitar "la pluralidad" de infracciones de tránsito, en un mismo día por el no uso del dispositivo en vías concesionadas, los senadores Eugenio Tuma, Guido Girardi, Jovino Novoa y Ricardo Lagos Weber presentaron una moción que fija una regla de competencia para el Juez de Policía Local respectivo.

La iniciativa, que será analizada por la Comisión de Transportes, propone que la infracción sea conocida por el primer Juzgado donde se originó la transgresión.

Los parlamentarios explicaron que, en la actualidad la Ley 18.290, del tránsito, tipifica como infracción, la circulación de vehículos por caminos públicos en que operen sistemas de cobro electrónico de tarifas (autopistas concesionadas) que no estén provistos de un dispositivo electrónico u otro sistema que permita su cobro.

Esta infracción es considerada por nuestra legislación como grave, de manera que se castiga con penas de multa, que van desde 1 a 1,5 UTM, es decir, entre casi 40 mil y 60 mil pesos.

No obstante "esta sencilla tipificación  ha dado lugar a situaciones que vulneran el principio donde un mismo hecho no puede ser considerado varias veces para los efectos de su sanción", señalaron.

En efecto, el sistema de autopistas concesionadas de la ciudad de Santiago, al que próximamente se agregarán las autopistas interurbanas (partiendo por la Ruta 68, que conecta la ciudad de Santiago con la Región de Valparaíso) atraviesan varias comunas, de manera que los Jueces de Policía Local de cada una de ellas -en la actualidad- son competentes para conocer y, en definitiva, imponer las infracciones cometidas en sus respectivos territorios jurisdiccionales.

"Lo anterior ha generado situaciones absurdas, como que un usuario reciba la notificación de una infracción cometida el mismo día pero desde  todos y cada uno de los Juzgados de Policía Local de las comunas que atravesó", aseveraron los parlamentarios. Esto se traduce en el cobro de multas de cada juzgado y multiplicidad de procesos.

Los parlamentarios impulsores de la moción precisaron que "no es culpa ni responsabilidad de los Jueces de Policía Local, imponer las infracciones, pues la ley les impone este deber, ni de los fiscalizadores que denuncian este tipo de infracciones, pues están obligados, en razón de sus cargos, a realizar las denuncias ante todos los juzgados de policía local competentes, que como hemos visto son todos aquellos de las comunas por los que un infractor transita".

Por estas razones el proyecto propone que en estos casos, "será competente únicamente el Juez de Policía Local donde se hubiere cometido la primera infracción, de manera que ante él se deberán acumular las demás causas que eventualmente se originaran ante otros tribunales, por infracciones cometidas en un mismo día".

Se establece, asimismo, que "sólo se considerará, la primera infracción cometida durante un día. Esta solución, de orden procesal, orgánico y funcional, resolverá un problema de fondo, que como hemos visto, vulnera el principio conforme al cual, un mismo hecho no puede ser considerado para agravar la situación ni para imponer una sanción sobre otra".

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