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Delito que tipifica la incitación al odio racial y religioso pasa su primera prueba

Durante el debate, los senadores comentaron la dificultad que implica equilibrar la libertad de expresión y el derecho a ser respetado como ser humano. Asimismo, adelantaron algunos temas que estarán presenten en la discusión en particular

16 de septiembre de 2013

Un contundente apoyo recibió el proyecto –en primer trámite-  iniciado en moción de los senadores Lily Pérez, Carlos Cantero, Guido Girardi y Mariano Ruiz-Esquide y el ex congresista Andrés Chadwick, que tipifica el delito de incitación al odio racial y religioso, esto luego que la Sala despachara por unanimidad la idea de legislar.

 

Imagen foto_00000016Durante el debate intervinieron los senadores Lily Pérez, Juan Pablo Letelier, Hernán Larraín, Isabel AllendeAlejandro Navarro, Juan Antonio Coloma, Carlos Cantero, José García Ruminot, Jaime Quintana, Andrés Zaldívar,  y Francisco Chahuán.

 

Los parlamentarios se pronunciaron respecto al informe que emitió la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía luego de analizar la iniciativa que introduce modificaciones a la Ley N° 19.733 sobre libertad de opinión e información y ejercicio del periodismo, y al Código Penal.

 

El debate de los congresistas se centró en las ideas matrices de la propuesta, algunos ejemplos de discriminación que se han dado en nuestra sociedad en los últimos años, la necesidad de cambiar algunas conductas sociales a través de la educación cívica, y  la dificultad de legislar al respecto cuando se contrapone la libertad de expresión y el derecho a ser respetado como persona.

 

NUEVOS TIPOS LEGALES

 

La senadora Pérez San Martín explicó que la iniciativa pretende reforzar la recientemente promulgada Ley antidiscriminación, generando nuevos tipos legales como la incitación al odio racial y religioso, idea que declaró es respaldada por diversas organizaciones intermedias. Para justificar la pertinencia de esta norma, recordó casos como los dichos del general Manuel Contreras respecto a la inexistencia de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, y las burlas que se hicieron contra la comunidad judía en un programa de televisión.

 

El senador Letelier admitió que la discriminación es un rasgo característico de los chilenos que “nos hace ser racistas, clasistas, zenofóbicos y sexistas”. Por ello, apuntó a la necesidad de cambiar el lenguaje porque a partir de éste se termina construyendo realidad. En este sentido, recordó que las comunidades mapuches y evangélicas han sido objeto de discriminación y enfatizó que la norma debe poner énfasis en generar un cambio cultural.

 

DERECHO VERSUS LIBERTAD

 

Por su parte, el senador Larraín Fernández admitió la dificultad de legislar al respecto puesto que entran en conflicto el derecho a la vida privada y el velar por la honra familiar frente a las libertades de expresión, opinión e información. Asimismo, advirtió respecto a la necesidad de no sobre-legislar en materia penal, puesto que algunas ideas que se proponen hoy se encuentran consignadas en ciertas sanciones.

 

Imagen foto_00000015A su vez, la senadora Allende hizo un llamado de atención respecto a los distintos acuerdos y convenciones que ha firmado nuestro país en materia de no discriminación. Por ello, calificó como urgente el hecho de generar un tipo penal específico en este caso, de manera que nuestra legislación se ponga a tono con la de otras naciones. Indicó que solo así se podría terminar con la incitación al odio y sus efectos.

 

El senador Navarro aseguró que es necesario “tener tolerancia cero frente a estos hechos”. Mencionó la intolerancia que se tiene frente a la tercera edad cuando no se respetan sus derechos, o la conducta que se da contra el pueblo evangélico, cada vez que se censura la entrada de un pastor a un hospital. Respecto de las ideas políticas, aclaró que en diversas ocasiones ha expresado fuertes críticas que no deben ser confundidas con cualquier incitación al odio.

 

DELGADA CORNISA

 

Para el senador Coloma, es fundamental velar por una adecuada redacción puesto que es fácil terminar sancionando una opinión que se cree podría generar una acción discriminadora.  De hecho, graficó como una cornisa delgada la división que existe entre verter opiniones y atentar contra las personas con ellas. Por ello, hizo un llamado a no legislar prohibitivamente, lo que en sí mismo podría generar mayor odiosidad.

 

El senador Cantero enumeró algunas formas de incitación al odio, tales como, las prácticas que cuestionan aspectos relacionados con la raza, las etnias, la inclinación sexual, la religión y la condición económica. Respecto a la difusión de tales ideas, subrayó el hecho que los medios de comunicación han cambiado permitiendo que éstas se difundan con mucha rapidez a través de las redes sociales, por lo que abogó por educar en el uso de estos nuevos medios desde el respeto.

 

Luego el senador García Ruminot, quien participó del debate en la Comisión de Derechos Humanos, informó que hay una serie de temas que se busca profundizar en la discusión en particular. Entre éstos mencionó: eliminar la expresión “antisemita”, reemplazar el término “raza” por “etnia”, y cambiar el concepto “orientación sexual” por el de “género”. Explicó que tales cambios buscan alcanzar el justo equilibrio entre los deberes y derechos de las personas en este ámbito.

 

CAMBIO EDUCACIONAL

 

El senador Quintana coincidió con sus pares respecto a la dificultad de tipificar el delito de incitación al odio. En esta línea argumentó la múltiple variedad de factores que deben ser considerados a la hora de calificar un hecho como discriminador. A su vez, apuntó a generar un cambio de mentalidad desde el sistema educativo que incorpore transversalmente valores como la tolerancia y el respeto en todos los niveles.

 

A su turno, el senador Zaldívar se mostró a favor de la propuesta acotando algunos aspectos que a su juicio deben ser revisados con detención. Al respecto recomendó, por ejemplo, eliminar la palabra “social” cuando se mencione un medio de comunicación, y terminar con el término “colectivos vulnerables” dada la posibilidad de generar confusión. Al mismo tiempo, destacó de la iniciativa el hecho que establezca agravantes en el Código Penal, de manera que la sanción pueda inhibir estas odiosidades.

 

Finalmente, el senador Chahuán aseguró que la propuesta no sólo busca proteger los colectivos vulnerables, sino también las etnias que existen en el país como también las distintas religiones. Además recordó los casos de determinadas colonias como la palestina, que han sido objeto de burla, así mencionó que en el país más de 350 mil personas pertenecen a esta colectividad y merecen ser respetadas.

 

PROYECTO

 

La iniciativa manifiesta que en la actualidad la normativa que condena la incitación al odio tiene un carácter deficiente. Explica que hoy la Ley N° 19.733 solo señala que “el que por cualquier medio de comunicación social, realizare publicaciones o transmisiones destinadas a promover odio u hostilidad respecto de personas o colectividades en razón de su raza, sexo, religión o nacionalidad, será penado con multa de 25 a 100 UTM. En caso de reincidencia, se podrá elevar la multa hasta 200 UTM”.

 

En materia penal, aclara que el actual Código no castiga la comisión de la incitación al odio con una pena privativa de libertad. Asimismo, el proyecto manifiesta que hoy se entiende por dicha incitación al hecho de que la conducta punible haya sido emitida solo por alguno de los medios de comunicación que tales legislaciones describen.

 

Así para fortalecer lo indicado en la ley sobre libertad de opinión e información y ejercicio del periodismo, propone “el que por cualquier medio de difusión pública de la palabra o de alguna acción que exteriorice una opinión discriminatoria, para moverlos al odio expresado en la violencia en contra de colectivos vulnerables, realizare publicaciones o transmisiones destinadas a promover odio u hostilidad respecto de personas o colectividades en razón de su raza, sexo, religión o nacionalidad, será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio”.

 

A su vez define como colectivos vulnerables,  a los integrantes de un determinado grupo identificable por características tales como la raza, la religión, el credo, y otras semejantes.

 

En materia penal, la moción establece que “el atentado discriminatorio de la incitación al odio no encuentra, en nuestro derecho, una protección penal acorde con los convenios internacionales de los cuales Chile es parte”.

 

Finalmente propone que “el que efectuare amenazas por cualquier medio o realizare manifestaciones o expresiones destinadas a promover odio, desprecio, hostilidad o amedrentamiento, respecto de personas o colectividades en razón de que profieren un culto permitido, o que con acciones, palabras o amenazas ultrajare a sus  miembros, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio, y multa de 50 a 100 UTM”.

 

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