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Despachan a la Cámara proyecto que habilita elecciones municipales y regionales en 2 días

El Senado respaldó el texto legal con una serie de enmiendas, entre otras, deja como “feriado normal” los días sábado 26 y domingo 27 de octubre, se establece que los gastos informados antes de la elección serán los que superen las 30 UF y mantiene las publicaciones en los diarios, entre otras.

5 de junio de 2024

Tras una serie de votaciones, todas ellas de mayoría, el Senado despachó a la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto que modifica diversos cuerpos legales, para perfeccionar el sistema electoral y realizar las elecciones municipales y regionales del año 2024 en 2 días. (Revise nota relacionada)

 

¿QUÉ SE DIJO?

 

Al inicio del debate, los presidentes de las Comisiones de Hacienda, senador Ricardo Lagos y de Gobierno, senador Manuel José Ossandón, realizaron los respectivos informes, para luego dar paso a la intervención de Andrés Tagle, presidente del Consejo Directivo del Servel, quien puntualizó una serie de aspectos del proyecto, además de la habilitación de los 2 días de votaciones.

 

Entre otros, destacó que se incluyen sanciones para quienes no concurran a votar; mejoras a los vocales de mesa (serán solo por 2 elecciones); la eliminación de la ley seca; el destalle de los gastos de las campañas; el uso de lápiz pasta azul; cambios a las declaraciones de candidatura, para facilitar el proceso.

 

Durante el debate, se cuestionaron los 2 días de elección y se ejemplificó con la reciente deliberación en México, oportunidad en la votaron casi 60 millones de personas en un solo día de elección.

 

Adicionalmente, se calificó la decisión como “una medida centralista”, con “precariedad para el sistema de transporte”, la sobre carga para establecimientos educacionales y las FF.AA.

 

Sin embargo, se reiteró la “eficacia del Servel” y se valoró lo referido a las inscripciones de candidaturas

 

Asimismo, transversalmente se destacó la reposición de la publicación en diarios de la nómina de vocales y candidatos, además de facsímiles, todo esto, “principalmente para las regiones y el mundo rural”.

 

Cabe hacer presente que algunos senadores levantaron la alerta por las inhabilidades de los candidatos de las listas, haciendo alusión a los deudores de alimentos.

 

ALGUNAS VOTACIONES

 

Senadoras y senadores aprobaron por 44 votos a favor y 3 en contra, las normas que no fueron objeto de indicaciones, ni modificaciones y aquellas que fueron respaldadas por unanimidad, votaciones que fueron argumentadas por los senadores José Miguel Insulza, Francisco Huenchumilla, Fidel Espinoza, Carmen Gloria Aravena, Juan Antonio Coloma, Claudia Pascual, Rojo Edward, David Sandoval, Alfonso De Urresti, Isabel Allende, Yasna Provoste, Francisco Chahuán y Alejandro Kusanovic.

 

Luego, se respaldó por 39 votos a favor, 1 en contra y 4 abstenciones, las multas con beneficio municipal para los ciudadanos que no sufraguen (voto obligatorio). Para este punto intervino el senador Insulza.

 

En tanto, se aprobó por 33 votos a favor, 5 en contra y 4 abstenciones el deber de informar hasta el día de la elección sobre los gastos contratados que sobrepasen las 30 UF, votación en la que intervinieron las senadoras Luz Ebensperger e Isabel Allende.

 

La habilitación de la elección en 2 días fue respaldad por 30 votos a favor y 14 en contra.

 

¿QUÉ DICE EL PROYECYO?

 

Entre otros, el texto permite la celebración de las elecciones municipales y regionales de octubre del año 2024 en dos días y se termina con la ley seca.

 

Incorpora el uso de redes sociales, las plataformas digitales o canales concesionarios de televisión local o regional, cuando exista una contratación y un respectivo pago, entre los medios a través de los cuales se entiende que se realiza propaganda electoral, de modo que toda difusión de mensajes audiovisuales a través de estos medios queda sometido a las normas que regulan la de propaganda electoral.

 

Modifica el proceso de designación de vocales, específicamente, se introduce el uso de sistemas computacionales; se modifica el cómputo del periodo en que los electores deben ejercer dicha función, pasando de 4 años a 2 procesos electorales generales.

 

Simplifica el proceso de declaración de candidaturas y el plazo para formalizar pactos será hasta las 48 horas anteriores al vencimiento del plazo para declarar las candidaturas.

 

Sobre feriado legal del día de elecciones, se elimina la norma contenida en el Código del Trabajo que, exime de la aplicación de la excepción del derecho a descanso semanal, a aquellos trabajadores de centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, en lo relativo al feriado legal de los días en los que se efectúen elecciones y plebiscitos.

 

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