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DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA


El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Corresponde analizar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, con informe de la Comisión Especial encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (11.077-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 90ª, en 22 de enero de 2019 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Especial encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género: sesión 24ª, en 11 de junio de 2019.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- El principal objetivo del proyecto es prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres mediante el establecimiento de mecanismos de protección, acceso a la justicia y atención a las víctimas de violencia, tanto en el ámbito público como privado.
La Comisión Especial encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género discutió este proyecto solamente en general y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadoras señoras Aravena, Muñoz, Provoste y Von Baer.
Cabe tener presente que el artículo 31 del proyecto es de quorum calificado, por lo que requiere 21 votos favorables para su aprobación.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en las páginas 115 a 135 del primer informe de la Comisión y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra la Presidenta de la Comisión, Senadora señora Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, este proyecto de ley, sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, se inició en la Cámara de Diputados por mensaje de la ex Presidenta Michelle Bachelet. En sus considerandos señala que el proyecto busca cambiar la mirada social sobre la violencia ejercida contra las mujeres, "haciéndose cargo de la creciente sensibilidad que la ciudadanía ha manifestado" al respecto.
Dice el mensaje de este proyecto de ley que hoy día "hombres y mujeres condenan públicamente actos que antes no eran considerados como manifestaciones de violencia. Este aprendizaje social, que cimenta un proceso de cambio cultural, debe tener un correlato en la legislación.".
La iniciativa en discusión se divide en un Título I, "Objetivos de la ley y definiciones generales", que comprende los artículos 1 a 7. En ellos se establece cuál es el objetivo del cuerpo legal; se señala qué se entiende por violencia contra las mujeres; se definen nueve tipos de violencia; se plantean los ámbitos en que se ejerce la violencia, y se establecen los deberes generales y particulares de los órganos del Estado en esta materia y los deberes de los funcionarios y personal de los órganos del Estado.
El Título II se denomina "De la Prevención de la Violencia contra las Mujeres" y abarca los artículos 8 a 11.
El Título III, "La Protección y Atención de las Mujeres frente a la Violencia", comprende los artículos 12 a 18. En ellos se consideran los deberes en el ámbito de la salud y la educación; las medidas de protección y los deberes de protección en el ámbito de la seguridad; las primeras diligencias que deberán efectuar la Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile, y, finalmente, las medidas de protección y atención para mujeres víctimas de violencia sexual.
El Título IV se denomina "Acceso a la Justicia". En él se profundizan los ámbitos de aplicación del acceso a la justicia. A la vez, se consideran los principios de proactividad en la investigación penal y de prevención de la victimización secundaria; los derechos y garantías judiciales; el derecho de acceso a la información de las mujeres víctimas de violencia; la no aplicación de la atenuante de responsabilidad por arrebato y obcecación; los deberes de protección del Ministerio Público; las medidas cautelares; las reglas especiales para casos de violencia sexual, y la prestación de asesoría judicial.
Fueron invitados a nuestra Comisión académicos y representantes de entidades, entre otras, la Fiscalía Nacional, Carabineros, Investigaciones, el Instituto Nacional de Derechos Humanos, la Confederación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud, además de magistradas y otros y otras personas cuyos nombres y presentaciones se consignan en el informe. Queremos agradecerles su tiempo y generosidad por entregar sus conocimientos y experiencia. Ellos, además de reconocer el avance que significa la iniciativa de ley, hicieron grandes aportes.
Voy a resumir los temas que abordaron nuestros invitados.
En primer lugar, advirtieron sobre el carácter meramente declarativo de varias disposiciones del proyecto de ley y sobre la falta de especificación de conceptos. Por ejemplo, no considerar a la mujer víctima de violencia que es sujeto activo en un delito (son conocidos por todos los casos de brutal violencia vivida por años por mujeres que llegan a tal estado que cometen homicidio de su agresor) y no regular apropiadamente la violencia contra las niñas y adolescentes.
Del mismo modo, llamaron la atención acerca de la utilización de verbos rectores no imperativos que debilitan el mandato legal.
Advirtieron sobre la poca claridad ante un caso de violencia de una mujer contra otra tratándose de una pareja de lesbianas, lo que podría desvirtuar el sentido de la figura del femicidio.
También previenen respecto de la no inclusión de las obligaciones de reparación de las víctimas de violencia.
El proyecto no aborda, de acuerdo con lo que escuchamos en nuestra Comisión, la protección y seguridad de las mujeres frente a cualquier clase de violencia y se limita a los casos de violencia constitutivos de ilícitos penales.
En cuanto a la no aplicación de la atenuante de responsabilidad penal de obrar por arrebato y obcecación, los expertos plantearon que se requieren pautas para determinar cuándo procederá, porque el texto exige que se funde en estereotipos que amparen o refuercen la violencia contra las mujeres y ello debe ser explicitado.
Por último, advirtieron sobre la posibilidad que se establece en la norma, en los casos de violencia sexual, de que el tribunal indague en la conducta sexual de la víctima, porque se estarían fomentando desde lo normativo los estereotipos de género.
Señor Presidente, el proyecto de ley, en una segunda parte, consigna una serie de modificaciones a la ley sobre violencia intrafamiliar, a la ley que crea los tribunales de familia, al Código Penal y al decreto ley N° 3.500.
Sobre dichas enmiendas, en el análisis de la Comisión Especial surgieron observaciones que también se tendrán en consideración al momento de elaborar las indicaciones. A título enumerativo, tales observaciones son las siguientes:
En primer lugar, se requiere un fortalecimiento de las medidas cautelares y de la verificación de su cumplimiento. Es de público conocimiento que hoy día muchas mujeres respecto de las cuales se han dictado a su favor medidas cautelares son víctimas de femicidio. No existe una plataforma de control y seguimiento de tales medidas.
En segundo término, se necesita una judicatura especializada en materia de violencia intrafamiliar y de género.
En tercer lugar, respecto del delito de maltrato habitual, este debe reflejar la sistematicidad en el maltrato y no la mera habitualidad o simple reiteración de conductas.
Y, por último, se precisa disponer de recursos suficientes para contar con personal capacitado en el Ministerio Público, en los tribunales de familia, en el área de la salud, en Carabineros y en Investigaciones.
Haciendo un balance de lo que han sido las dos leyes sobre violencia intrafamiliar, nos damos cuenta de que son cuerpos legales, como hemos dicho, que no tienen dientes. Son declarativos, conceptuales y, en muchas oportunidades, dejan absolutamente desprotegidas a las mujeres.
Sin recursos es realmente imposible avanzar en la construcción de dispositivos tanto para los operadores de justicia como para la investigación y el propio Ministerio de la Mujer, al objeto de que puedan contar con más funcionarios para implementar estos cuerpos legales.
La iniciativa legal en discusión es compleja, pero de gran importancia para todas las mujeres de Chile y también para los hombres, ya que con su dictación se quiere dar un paso más hacia el cambio cultural al cual nuestra sociedad debe encaminarse, para que se respeten los derechos de las mujeres, de las niñas y adolescentes, y en donde no tengamos que estar tomando conocimiento de hechos brutales de violencia y de muerte que nos degradan como país.
Así lo entendimos las integrantes de la Comisión Especial de la Mujer y la Igualdad de Género, que aprobamos la idea de legislar sobre esta materia por unanimidad, decisión que solicitamos adopte también esta Sala.
He dicho.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, el principal valor de este proyecto de ley es tratar de hacerse cargo de manera integral del grave problema de discriminación y agresiones que sufren las mujeres en atención a su género, abarcando medidas tanto de prevención como de protección, además de establecer un conjunto de normas sobre persecución y castigo a los principales atentados que se cometen en este ámbito.
Sin duda, es una iniciativa ambiciosa, por la amplitud y diversidad de materias que trata, pero necesaria para definir un estatuto general que se haga cargo de este problema, además, en un contexto en que la discriminación de género en nuestro país tiene un arraigo cultural profundo, el cual debe ser modificado a partir de políticas públicas encaminadas en tal sentido.
Resultan especialmente destacables las normas sobre prevención de la violencia en contra de las mujeres, a partir de las cuales se busca que el Estado, en su conjunto, deba tener obligadamente en cuenta la dimensión de género al elaborar e implementar políticas públicas, las que precisamente deben permitir generar conciencia en la comunidad sobre este problema e impulsar medidas que al final logren enfrentarlo de manera eficaz, pero también con una mirada de largo plazo.
En esta materia se debe tener en consideración no solo la situación de mujeres adultas que viven en nuestras ciudades, sino también la de las niñas, jóvenes y especialmente la de las mujeres adultas mayores de zonas rurales o alejadas de los centros económicos y políticos de nuestro país, quienes muchas veces son invisibilizadas y deben enfrentar problemas propios que también están marcados por consideraciones de género.
Un tema que se deberá tratar durante la discusión en particular del proyecto se vincula con la coherencia que este debe tener con un conjunto de otros cuerpos legales vigentes.
Por ejemplo, en el ámbito de la persecución criminal de los delitos cometidos por razones de género se establece el deber de protección del Ministerio Público a las víctimas en términos equivalentes a aquellos que ya están incorporados en la ley vigente, aplicables para cualquier víctima de un delito. Lo mismo ocurre en cuanto al deber de persecución de estos ilícitos por parte de la Fiscalía.
También se debe analizar la forma en que esta iniciativa dialoga con otros proyectos tratados hace poco en el Congreso Nacional, algunos de los cuales ya se han convertido en ley, como el que castiga el acoso sexual callejero, solo por nombrar uno.
La voluntad de regular algunas materias en términos idénticos o equivalentes a lo establecido en leyes vigentes se podría explicar en el ánimo de reunir en una sola legislación una suerte de estatuto de protección a la mujer, lo que puede ser una buena iniciativa, pero se debe hacer tratando de mantener la debida armonía y coherencia con nuestro ordenamiento jurídico en general.
Con todo, este proyecto, más allá de los aportes que se puedan hacer para perfeccionarlo durante su discusión en particular, va en el sentido correcto, al hacerse cargo de manera integral del problema de discriminación que sin duda existe de forma muy arraigada en nuestro país, el cual debe ser superado no solo en beneficio de las mujeres, sino también de la sociedad en su conjunto, si realmente queremos que ella enfrente en serio estos importantes desafíos del siglo XXI.
Por eso, voy a votar favorablemente en general este proyecto de ley.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Huenchumilla, para un asunto reglamentario.


El señor HUENCHUMILLA.- Señor Presidente, escuché muy atentamente el informe de la Senadora señora Muñoz y también la intervención del Senador Bianchi, y, por lo que me doy cuenta, este proyecto es de alto contenido jurídico y abarca asimismo atribuciones de los tribunales de justicia.
Entonces, quiero saber si se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución y en el artículo 16 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, en cuanto a que, antes de la votación del proyecto en la Sala, debería escucharse la opinión de la Corte Suprema.
Como no se hizo referencia en el informe respecto a dicho trámite, hago la consulta respectiva.
Creo que en ese sentido el artículo 16 de la Ley Orgánica es bastante claro.
Esa es mi pregunta, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Vamos a solicitar a la Secretaría que verifique si se hizo tal trámite.
La señora ALLENDE.- El proyecto viene de la Cámara de Diputados.
La señora MUÑOZ.- Así es, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Pero, sin perjuicio de eso, hay que cumplir la norma y tendríamos que despacharlo nosotros.
El señor ELIZALDE.- Acá dice que la Cámara de Diputados hizo la consulta.


La señora PROVOSTE.- En el pupitre electrónico se halla la respuesta de la Corte Suprema, en el primer trámite constitucional.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Provoste.
La señora PROVOSTE.- Señor Presidente, solicito la palabra solo en virtud de la consulta del Senador Huenchumilla, porque deseo hacer uso de ella más adelante para referirme al fondo del proyecto.
Efectivamente, esta iniciativa se inició en la Cámara de Diputados. Y dentro de los documentos que contiene nuestro pupitre digital está la respuesta de la Corte Suprema, que se pronuncia a requerimiento de la Cámara en esta materia. Y señala lo siguiente:
"Por resolución dictada el día 15 de mayo de 2017 y, en respuesta a vuestro oficio N° 548-2016 de 13 de abril del presente año, por el cual se solicita opinión acerca del proyecto sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, informo a VS. que, considerando que la solicitud ha sido planteada fuera de la hipótesis prevista en el artículo 77 de la Constitución Política de la República, se acordó desestimar la petición, sin perjuicio de lo que a esta Corte Suprema le corresponda informar en su oportunidad, conforme a la norma antes citada".
El oficio viene firmado por el Presidente de ese período, don Hugo Dolmestch Urra.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Sin perjuicio de seguir ofreciendo la palabra, solicitaré al equipo de la Secretaría que pueda recabar esa información para contestar al planteamiento del Senador señor Huenchumilla.
Tiene la palabra la Senadora señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, como señalaba la Senadora Muñoz, Presidenta de la Comisión Especial de la Mujer y la Igualdad de Género, el objetivo del proyecto es prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres mediante el establecimiento de mecanismos de protección, acceso a la justicia y atención a las víctimas tanto en el ámbito público como en el privado.
En realidad, este es un objetivo bastante amplio e importante. Lamentablemente, en muchas partes, como lo veremos cuando nos toque la discusión en particular, me parece que es más declarativo -o demasiado genérico- que contundente en la prevención de la lamentable violencia que todavía se ejerce hacia las mujeres en nuestro país.
Este tipo de violencia proviene de una desigualdad histórica, de un patrón cultural que nos ha colocado el sistema patriarcal como una forma de sumisión al hombre. Este es un estereotipo cultural que poco a poco tenemos que ir superando.
Porque, tal como lo plantea el proyecto, la violencia no se acaba en lo físico, no es solo cualquier menoscabo físico; también es sexual o psicológica. Hay violencia simbólica, que se refleja en la cosificación del cuerpo de la mujer como una forma de vender productos, lo que vemos cotidianamente en los medios; y la hay en lo laboral, cuando somos víctimas de acoso por parte de nuestros jefes o compañeros; en lo político, cuando las opiniones de las mujeres quedan invisibilizadas o ni siquiera son tomadas en cuenta (hace poco, junto con terminar con el sistema binominal, hemos establecido por fin en este país una ley de cuotas que permite tener más mujeres candidatas); y en lo sexual.
Es así como los femicidios continúan. Y lo hemos conversado con la señora Ministra, a quien aprovecho de saludar. Lamentablemente, ya llevamos 19 este año. Incluso, hace un año surgió una encuesta que coloca a nuestras compatriotas como las que más han sido víctimas de violencia de género: 30 por ciento reconoce haber sido víctima de violencia y 39 por ciento, de acoso sexual.
También debemos mencionar que gracias al movimiento feminista, que ha tenido una gran ola en los últimos años, diversos sectores han comenzado a tomar conciencia en cuanto a que es necesario poner fin a la discriminación y a la violencia. A todas las mujeres que marcharon estos años y que se han organizado para pelear por sus derechos, queremos decirles: ¡Muchas gracias!
Por eso, este proyecto tiene que ser nuestra herramienta legislativa para erradicar la violencia de género en el país y así terminar con los abusos, haciendo frente a la cultura machista que lamentablemente aún subsiste.
Deseo reconocer y valorar el trabajo de la Ministra Plá para impulsar la iniciativa, pero también quiero señalar la gran gestión que realizó la Presidenta Bachelet, quien la ingresó en su oportunidad.
La definición de violencia de la ley, que comprende cualquier acción u omisión basada en el género y ejercida en el marco de relaciones de poder históricamente desiguales, proveniente de una construcción social que puede causar, como decíamos, menoscabo físico, sexual o psicológico en las mujeres, ha sido valorada por los diversos exponentes, ya que recoge lo planteado en las diversas convenciones internacionales.
Pero además de incorporar y definir los distintos tipos de violencia, creando un catálogo extenso, aporta en el entendimiento de este mal. Algunos expositores señalaron -si no me equivoco, fue el Instituto Nacional de Derechos Humanos- que habría que incorporar la violencia obstétrica, que es la que se ejerce en los establecimientos de salud en el proceso de embarazo y parto, la cual ocurre con más frecuencia de la que quisiéramos.
Si bien el proyecto establece el deber de los órganos del Estado de desarrollar políticas, planes y programas, diversas organizaciones, como el Instituto Nacional de Derechos Humanos, han criticado que no se establezcan obligaciones legales para el Estado que concreten lo formulado en el proyecto, ya que no existen imperativos, sino que muchas veces se habla de "promoción" y se coloca en riesgo la real protección de la futura ley, que debemos mejorar en la discusión en particular.
El acceso a la justicia de las mujeres es uno de los temas que nos tienen que importar. Esto, debido a las faltas que presenta el sistema judicial, las que provocan que muchas mujeres sean víctimas de delitos mayores.
El Instituto Igualdad mencionó que la Cedaw, en 2018, manifestó preocupación por la obstrucción institucional y procedimental que afrontan las mujeres para acceder a la justicia, como son los estereotipos discriminatorios, la parcialidad judicial y escasos conocimientos de los operadores del sistema sobre los derechos de las mujeres. Esto se intensifica con los obstáculos económicos y culturales que hacen que las poblaciones más vulnerables sufran mayor violencia.
Por eso, uno de los enfoques de los que debemos hacernos cargo es el acceso a la justicia, el cómo la acercamos a las mujeres y cómo facilitamos el necesario compromiso de recursos por parte del Estado.
Muy bien lo señalaba la Presidenta de la Comisión. Lamentablemente, vemos que muchos de los deseos y objetivos del proyecto, al no ir asociados a un presupuesto real que permita avanzar en medidas administrativas, de capacitación, cautelares y de protección, hacen que sea bastante difícil salir adelante, como quisiéramos que ocurriera con esta iniciativa.
A propósito de la Cedaw, todavía espero que la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado analice el protocolo facultativo que se comprometió a despachar el año pasado. Es una deuda que nuestro Congreso y nuestro país tienen pendiente hace más de quince años.
Esperamos ingresar diversas indicaciones para mejorar el proyecto.
Estamos recién en la discusión general. Sin embargo, quiero mencionar un par de observaciones.
Primero, esta iniciativa establece deberes generales para los órganos del Estado. Sin embargo, podríamos abordar deberes de protección administrativa, para lo cual, por supuesto, se requiere mayor compromiso presupuestario, como ya señalamos.
Por otra parte, el proyecto no aborda la violencia en espacios laborales. Recordemos que existe la figura del acoso sexual en el Código del Trabajo, pero no hay mecanismos para su prevención y sanción.
En las reformas penales se podrían agrupar diversas figuras delictivas que se están tratando en otros proyectos. Porque en este momento estamos viendo iniciativas relacionadas con el acoso sexual, la inducción al suicidio, los delitos de odio, de género, la violación, etcétera.
Deberían proponerse reformas al Código Procesal Penal para incorporar medidas de sensibilización sobre el acoso y que se escuche a la víctima ante medidas alternativas. Y ojalá sea vinculante el que se proteja la intimidad de las víctimas en los interrogatorios.
Faltan medidas de protección para asegurar el cumplimiento de las condiciones y penas de no acercamiento a las víctimas, como son los brazaletes electrónicos y otro tipo de aplicaciones. Porque en numerosas oportunidades, una vez que han ocurrido los femicidios, comenzamos a lamentar que si bien el agresor tenía la prohibición de acercamiento, ella no se cumplió.
Por lo anterior, por la importancia que tiene el poder avanzar en el tema de la violencia hacia la mujer, que atañe al conjunto de la sociedad, queremos mejorar el proyecto y, en lo posible, empujar hacia ese cambio cultural a través de una educación no sexista, que puede crear una conciencia acerca de este mal que debemos erradicar, mal que de alguna manera retrata a nuestra sociedad patriarcal, que se caracteriza por el machismo, que es el origen de la violencia de género.
Por eso, señor Presidente, estoy convencida de que podemos avanzar, siempre y cuando aterricemos en medidas concretas, reales, no solo declarativas. No estaría de más considerar las observaciones que nos hizo en la Comisión un profesor de Derecho de la Universidad de Chile, quien habló de la creación del observatorio contra la violencia de género.
Sería tremendamente importante hacerle un seguimiento estrecho, como también incorporar la violencia mediática y el acoso.
Por todas estas razones, señor Presidente, ya que estamos en la discusión general, anuncio mi voto a favor.
Creo que la Comisión Especial de la Mujer y la Igualdad de Género hizo un muy buen trabajo. Necesitamos ahora que esto se pueda concretar para que sea una real protección a las mujeres y no sigamos con declaraciones y buenas intenciones. Porque, lamentablemente, al mes de junio de este año ya llevamos 19 femicidios.
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario respecto a la consulta que hizo el Senador señor Huenchumilla.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias, señor Presidente.
Con relación a la consulta y al planteamiento que formuló el Honorable señor Huenchumilla, cabe consignar que existe un oficio de respuesta de la Excelentísima Corte Suprema, del 18 de mayo de 2017, donde señala que, por no encontrarse dentro de la hipótesis prevista en el artículo 77 de la Constitución Política, se desestimó la petición, que consistía en emitir opinión respecto del proyecto de ley sobre derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Ese oficio lo pueden consultar en el escritorio electrónico, sin perjuicio de que también queda disponible para la Sala.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Muchas gracias, señor Secretario.
El señor BIANCHI.- ¿Se puede abrir la votación, señor Presidente?
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Huenchumilla, sobre este punto.


El señor HUENCHUMILLA.- Señor Presidente, solamente una prevención.
Tengo entendido de que luego de ingresar el proyecto a la Cámara de Diputados se solicitó el informe de la Corte Suprema. No sé si en el curso del primer trámite constitucional el proyecto sufrió modificaciones, producto de indicaciones de todo tipo, por lo que, a lo mejor, se pueda llegar a sostener que ese primer informe no sea suficiente en el estado actual de la iniciativa.
Lo planteo, simplemente, para que lo verifiquen.
Nada más, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Sin perjuicio de que Su Señoría tiene el derecho de solicitarlo durante la tramitación, no cabe duda de que, con las modificaciones que reciba el proyecto, se puede pedir la opinión de la Corte Suprema en cualquier momento, ya que recién estamos en la discusión en general.
Tiene la palabra el Senador señor Huenchumilla.
El señor HUENCHUMILLA.- Disculpe, señor Presidente. Lo que pasa es que no es posible votar en la Sala el proyecto sin despejar ese punto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de nuestra Ley Orgánica.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.
La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, la Senadora Provoste leyó en la Sala el oficio de la Corte Suprema, dado que se había hecho esta consulta.
Nosotros recibimos este proyecto de la Cámara de Diputados; lleva largo tiempo debatiéndose. Entonces, tengo una pregunta reglamentaria: ¿Deben las dos Cámaras solicitar la opinión de la Corte Suprema?
Lo consulto para que no quede como duda permanente cuando se presenten estas situaciones.
El señor BIANCHI.- Si ha sufrido modificaciones el proyecto, sí pueden hacerlo.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- La Secretaría me informa que, obviamente, si hay modificaciones en el segundo informe solicitaremos la opinión correspondiente.
La señora RINCÓN.- ¡Depende de las modificaciones!
La señora MUÑOZ.- ¡Pero estamos en la discusión en general!
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Así es.
El señor ELIZALDE.- ¡Basta una vez; no se requiere otra consulta, porque la Corte es una sola!
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, estaba viendo si era posible dilucidar la situación para poder abrir la votación.
Entiendo que se pidió la opinión de la Corte Suprema. El punto es si hay modificaciones tan fundamentales -creo que no las hay- que requieran otro informe de la Corte, como me señala acá la Secretaría de la Comisión.
Señor Presidente, nosotros recibimos bastantes invitados en torno a este proyecto de ley. Y muchos de los planteamientos que hicieron se refirieron a los Títulos I y II. A mi juicio, será necesario revisar el texto en la etapa de indicaciones, porque hay muchos conceptos que son o vagos o contradictorios o que, incluso, desde la perspectiva de algunas personas que escuchamos, pueden significar una problemática para el fin que persigue la iniciativa de ley, que es la lucha en contra de la violencia hacia la mujer.
Por lo tanto, creo que debemos revisar en detalle los Títulos I y II, para dejarlos de manera tal que realmente puedan servir y no entorpezcan el objetivo de la iniciativa, que es, como dije, lograr erradicar la violencia contra la mujer.
Me parece que en esto, transversalmente, tenemos la mirada de seguir avanzando en la legislación para conseguir la erradicación de la violencia en contra de la mujer, especialmente la que se produce dentro de los hogares o en las relaciones íntimas.
La última parte del proyecto tiene varias normas que van en esa línea.
-Primero, se crea una nueva medida cautelar -creo que es muy relevante- en la ley N° 20.066, sobre violencia intrafamiliar, permitiéndoles a los tribunales de familia decretar que la víctima de la violencia intrafamiliar sea acompañada por personal de Carabineros de Chile durante el retiro o entrega de sus efectos personales, en el caso de que opte por no regresar al hogar común.
-Segundo, se mejora la comunicación de las medidas cautelares entre los tribunales de familia y Carabineros de Chile, exigiéndole al juez, en la ley N° 19.968, sobre tribunales de familia, que comunique inmediatamente a Carabineros las medidas cautelares decretadas.
-Además, se prohíbe que se sometan a mediación los asuntos de derechos de alimentos, cuidado personal y derechos de los padres e hijos que vivan separados, a mantener una relación directa y regular, cuando una de las partes haya sido condenada por delitos de violencia intrafamiliar.
-En seguida, se modifica el decreto ley N° 3.500, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, al establecer quiénes serán beneficiarios de la pensión de sobrevivencia, disponiendo que no podrá tener la calidad de beneficiario de dicha pensión la persona que, perteneciendo al grupo familiar, haya sido condenada por el homicidio o femicidio del causante.
Estas son algunas de las disposiciones que contiene esta iniciativa. No puedo detallarlas todas por un tema de tiempo.
Señor Presidente, en ese sentido, pienso que el proyecto va en la dirección correcta en su última parte. ¿Por qué? Porque se hace cargo de temáticas complejas como las cautelares.
También se hace cargo de situaciones que se viven en la práctica en los tribunales de familia, y en general en nuestros tribunales, respecto a las mujeres víctimas de delitos de violencia.
Además, se hace cargo de esa realidad desde una perspectiva que uno puede pensar, a veces, que quizá es muy pequeña, muy chica, no tan relevante, pero sí es relevante para quien está viviendo esa situación de violencia.
Porque, señor Presidente, ¿cuántas mujeres han tenido que someterse a un trámite de mediación con la pareja que las había agredido anteriormente, para poder regular el pago de los alimentos o tener el cuidado de sus hijos? Creo que debemos hacernos cargo de esta realidad.
Por otra parte, ¿cuántas chilenas han continuado siendo víctimas de violencia intrafamiliar, a pesar de tener una medida cautelar o de protección decretada contra su agresor? ¿Cuántas personas han debido sufrir por la ineficacia y la mala comunicación de las medidas de protección que nuestros tribunales habían decretado?
Señor Presidente, ahí tenemos un problema grave. Muchas veces, las medidas cautelares no están ayudando a impedir una situación de violencia y, finalmente, mujeres que las habían obtenido, terminan siendo agredidas por los victimarios.
¿Cuántas mujeres han tenido que volver solas a reencontrarse con sus agresores cuando han regresado a su antiguo hogar para retirar sus efectos personales luego de decidir reemprender nuevamente sus vidas?
Respecto de esta última parte, este proyecto de ley es un avance.
Como se puede ver, se proponen pequeñas modificaciones, que pueden parecer cuestiones específicas y meramente procesales, pero en la vida de muchas mujeres van a significar un cambio muy profundo.
Habrá que corregir algunos artículos, especialmente de los dos primeros títulos, durante la discusión en particular.
Señor Presidente, creo que esta iniciativa de ley es un avance, sobre todo su último título, y la voy a votar a favor.
He dicho.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, una mujer chilena, casada con un ciudadano austriaco, quienes tuvieron un hijo en Italia y que viven en Viña del Mar, fue convencida por su marido de viajar de vacaciones a dicho país.
¡Ella no quería!
Esta mujer hoy día no solo está siendo víctima de violencia, de maltrato, sino que también, según relata su abogado en la presentación que se ha hecho -está llegando a nuestro conocimiento-, ha sido violada. Y ahora espera un hijo -tiene cuatro meses de embarazo-, producto de esa violación.
Por eso este proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia es pertinente.
No cabe duda de que el flagelo de la violencia contra la mujer debe ser urgentemente atendido.
Chile, desde el año 1994, cuenta con leyes dictadas con el fin de atender este problema; pero, lamentablemente, la realidad nos señala que ninguna de estas normas resulta efectiva.
Los inconvenientes generados por esa falta de efectividad de la legislación dictada en protección de las mujeres víctimas de violencia, en especial, se han centrado, señor Presidente, en dos puntos:
1. En la falta de comprensión del carácter estructural, transversal y multidisciplinar de la violencia de género.
2. En la falta de compromiso financiero por parte del Estado para hacer frente a los recursos materiales y asistenciales requeridos en favor de las víctimas.
El proyecto de ley, que hoy discutimos en general, destina un total de 2.469 millones de pesos a esta temática:
-1.751 millones del Ministerio de Salud para la atención de poco más de 22 mil casos en atención primaria, en un país de más de 17 millones de habitantes.
-403 millones del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género para el acompañamiento de víctimas, ¡con un profesional por región!
-314 millones del Ministerio Público para la atención de seguimiento de víctimas mediante un contact center.
¡Ello es absolutamente insuficiente!
Señor Presidente, Chile no ha comprendido que la violencia de género es un fenómeno social de carácter estructural.
Medio en broma, medio en serio, la colega Senadora Yasna Provoste señalaba que hace un rato había dado cuenta de un informe y simplemente no se le había oído.
Ello refleja una forma de relación entre hombres y mujeres que forma parte de la cultura política tradicionalista patriarcal en torno a lo que es, cómo es y lo que se espera de un hombre, y lo que es, cómo es y lo que se espera de una mujer.
Esa comprensión política del hombre y la mujer ha estructurado el modo de relación entre hombres y mujeres en la sociedad, concibiendo a nuestro género como inferior y subordinado al masculino.
Luego de siglos instalados en esta concepción, DEBE COMPRENDERSE que no es el carácter violento o la falta de control de impulsos de ciertos hombres la que determina la existencia, normalización y perpetuación de la violencia contra la mujer en sus diferentes formas: física, psicológica, sexual, económica o simbólica.
Como sujetos apéndices de un hombre al que las mujeres le deben subordinación y obediencia, pero sin las cuales el hombre tampoco puede vivir pues ellas "le sirven de necesario e imprescindible complemento", se entiende que la violencia pueda instalarse tan férreamente en una relación.
Ambos seres se complementan en sus roles. Ninguno puede vivir separado del otro, pues no se conciben como seres autónomos iguales entre sí, sino como seres interdependientes en los que uno es el que manda y la otra, la que obedece; uno es el que provee y la otra, la que recibe.
Esa misma concepción minusvalorada de la mujer es la que permite que se ejerzan otras violencias sociales contra nosotras, no solo en las relaciones de pareja entre personas que no se entienden como seres iguales, sino también en materia laboral, política, de salud, obstétrica, etcétera, y que pasan casi como normales.
Por lo mismo, ¡los presupuestos que se asignan a este tema son exiguos!
Estas otras formas de violencia social las padecemos todas las mujeres, de cualquier edad, razón o condición, aunque no tengamos relaciones de pareja asimétricas que nos condenen, además, a una vida de violencia doméstica.
Dentro de esta última, las leyes contra la violencia de género, sin embargo, no se hacen cargo de esa violencia relacional, que es la que explica la existencia del llamado "maltrato habitual", que se constituye en la forma más grave de violencia, pues lleva a femicidios, seguidos de suicidios e, incluso, de asesinatos de hijos.
Señor Presidente, tal es la falta de comprensión de esta violencia "estructural asimétrica" que incluso nuestro delito de "maltrato habitual" exige a las víctimas que prueben que hubo varios actos de violencia y la proximidad de estos, en vez de que el juez ordene a peritos psicólogos la elaboración de una pericia acerca de la relación de desigualdad o igualdad que vive la pareja, peritos que deben estar claramente capacitado al efecto.
Los peritos especializados en la materia deben existir en gran número a lo largo del país para facilitar la proporción de pruebas en estos juicios, y deben ser gratuitos. Ello, porque otra prueba no es útil, ni hay.
Señor Presidente, al no poder configurar el delito, la causa se cierra; se acaban las medidas cautelares, y las mujeres muchas veces mueren.
Creo que la importancia de esta iniciativa radica en evitar aquello.
Sin embargo, en su texto no se aborda todo lo que se debiera en esta materia.
Quien me antecedió en el uso de la palabra, la Senadora Ena von Baer, ha relatado un sinnúmero de situaciones que requieren ser mejoradas, y deberemos hacerlo en la discusión en particular.
Este tipo de violencia, relacional y asimétrica, por lo demás, es la que, sí o sí, requiere la separación inmediata de la víctima y sus hijos del agresor. Pero ¿dónde se irán a vivir si en Chile no existen las casas de acogida suficientes para recibirlos, ni en todas las regiones, o nunca tienen espacio para esas mujeres y sus hijos?
Este Gobierno, así como los anteriores, no han comprometido presupuesto suficiente para resolver tal problema.
También esta violencia es la que requiere medidas fuertes de control de no acercamiento del hombre agresor a su víctima; más aún, cuando es la propia víctima la que, dada la interdependencia sicológica existente entre ambos, muchas veces no evita encuentros con él o, incluso, se autoculpabiliza por los castigos que recibe.
Sin embargo, los brazaletes electrónicos, como medida para hacer más efectiva la cautelar de no acercamiento del agresor a la víctima, NO SON aún una realidad. Ni este Gobierno ni los anteriores han presupuestado lo suficiente para su adquisición e implementación masiva.
Por tanto, señor Presidente, es urgente votar a favor en general este proyecto de ley, aunque nos queda mucho por hacer en la materia. Esta iniciativa representa, sin lugar a dudas, una oportunidad para mejorar, pero no como se presenta a la Sala. Habrá que introducirle mejorías en la discusión particular para que resulte efectivo y eficaz.
Las mujeres ya sabemos que la violencia se ejerce en todos los espacios, públicos y privados; sabemos de todas las formas que asume y cuáles son sus costos, y también sabemos cuáles son los deberes del Estado. Todo eso ya lo consagra la Convención de Belém do Pará, obligatoria en Chile.
Lo que necesitamos, entonces, son medidas correctas y efectivas.
Lo que necesitamos son serios compromisos financieros.
Esperamos que se concreten en la discusión en particular de este proyecto.
He dicho.
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El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.- Señor Presidente, solicito autorización para que la Comisión de Medio Ambiente pueda funcionar en paralelo con la Sala el próximo martes, a mediodía, pues tenemos que ver el proyecto de Pro Inversión que el Gobierno nos ha solicitado analizar.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo para que funcione en paralelo con la Sala la Comisión de Medio Ambiente el próximo martes 18?
Acordado.
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El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Señores Senadores, hay ocho inscritos para intervenir en el debate del proyecto que nos ocupa y a las 18 horas debemos proceder con el homenaje por el centenario de la Universidad de Concepción.
Aprovecho de saludar al Rector y Presidente del Directorio de dicha casa de estudios, al Director de esa Corporación y a todos los profesores, académicos y dirigentes estudiantiles que nos acompañan.
La señora PROVOSTE.- Señor Presidente, sugiero que continuemos la próxima semana con la discusión de la iniciativa.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, así se procederá, manteniendo el orden de los inscritos, como corresponde.
--Queda pendiente la discusión general del proyecto.