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¿En qué consiste la inclusión laboral para personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez?

La Comisión de Trabajo y Previsión Social despachó a la Sala el texto legal, en tercer trámite, con algunas materias pendientes para su perfeccionamiento. Asimismo, la Comisión de Hacienda realizó la revisión de las normas de su competencia.

13 de enero de 2024

Avanzar en promover efectivamente la inclusión laboral de las personas con discapacidad, su permanencia en el empleo y acceso a puestos de trabajo acordes a su formación y calificaciones, son algunos de los objetivos del proyecto que fue despachado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social  y, posteriormente, por la Comisión de Hacienda, en las materias de su competencia.

La iniciativa que cumple su tercer trámite, será analizada por la Sala con las recomendaciones de la instancia especializada en orden a perfeccionar algunos artículos que fueron rechazados.

 

En lo fundamental, el texto legal originado en un mensaje y mociones refundidas de senadores y senadoras pone énfasis en el cumplimiento de la obligación de contratación y de las leyes laborales, tanto en el sector público como en el privado.

 

Se trata de las iniciativas originadas en las mociones:

 

-Boletín 13011-11 de los senadores, Carmen Gloria Aravena, Francisco Chahuán e Iván Moreira y de las ex senadoras Carolina Goic y Adriana Muñoz

 

-Boletín 14449-13 del senador Rodrigo Galilea y los ex senadores Juan Pablo Letelier, Carolina Goic, Adriana Muñoz y Jacqueline Van Rysselberghe.

 

La presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social Loreto Carvajal destacó el valor de este proyecto y señaló que: “ojalá se pueda despachar rápidamente durante el mes de enero. Creo que es súper importante para todos avanzar en esta materia tan sensible, y con tanta justicia”.

 

La instancia también rechazó tres artículos de la propuesta, con el fin de perfeccionarlos en conjunto con el ministerio de Desarrollo Social, Familia y Servicios Sociales. Se trata de las normas referidas a la obligación de las empresas de contar con un protocolo de trato sobre las necesidades de los trabajadores con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez; la exigencia de no destinar más del 50% de la donación de recursos a una única organización; y al aumento de la contratación de trabajadores con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez de un 1% a un 2%.

 

De este modo, recomendó a la Sala despachar la iniciativa de modo que estos temas puedan discutirse en una eventual Comisión Mixta que recoja también las distintas posturas de fundaciones y organizaciones respecto a la inclusión e injusticias laborales que se viven en el país.

 

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