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  Ampliarían hasta el 2014 el plazo para construir monumento al pintor Roberto Matta

  Así lo plantea la moción de un grupo de senadores de diversos sectores, que buscaría ayudar a que dicha obra se ejecute, en vista que el 17 de noviembre del presente año venció el plazo de su construcción.

18 de noviembre de 2011

En el marco de las celebraciones de los cien años del nacimiento del desaparecido pintor chileno, Roberto Matta Echaurren, los senadores Guido Girardi, Francisco Chahuán, Isabel Allende, Carlos Bianchi y Hernán Larraín, presentaron un proyecto de ley que amplía hasta el año 2014 la construcción del monumento al artista, considerado un genio en artes plásticas al nivel nacional e internacional. Con ello, la moción fue remitida a la Comisión de Educación para su discusión.

Cabe recordar, que el 17 de noviembre del 2006 se publicó en el Diario Oficial, la Ley N° 20.132, originada en un Mensaje Presidencial, mediante la cual se autorizó erigir un monumento en memoria de dicho pintor.

Para ello, en el texto legal, se estableció que se crearía una Comisión Especial Ad Honorem, compuesta por un senador y un diputado, designados por sus respectivas Cámaras; el alcalde de la Municipalidad de Santiago; un representante del Ministerio de Educación y del Consejo de Monumentos Nacionales; dos decanos de facultades de arquitectura o de las artes y un integrante de la familia del artista Roberto Matta.

Al respecto, los autores de la moción señalaron que "por diversos motivos, no se pudo constituir la comisión ejecutoria de esta obra, y por ende, no ha resultado posible erigir el referido monumento en el plazo de cinco años, contado desde la publicación de la ley".

Agregaron que "existiendo plena voluntad para realizar la ejecución de este monumento, dada la importancia que ha significado para las artes de nuestro país, la figura del artista Roberto Matta Echaurren, que adquirió fama mundial. Por ello, se hace necesario otorgar un plazo adicional de tres años, para ejecutar cabalmente la obra".

En lo fundamental, el texto legal que modifica la Ley N° 20.132, sobre la autorización del monumento para el artista expresa que "la obra deberá erigirse en el plazo de ochos años, contado desde la fecha de la publicación de la presente ley".

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