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  Instan a ampliar los plazos para que sostenedores de colegios puedan adecuarse a la LGE

  Parlamentarios de distintas bancadas presentaron una moción en esa línea, ya que el plazo para tener el reconocimiento oficial de un establecimiento educacional expiró en septiembre de 2011 quedando aproximadamente 1000 colegios sin poder concluir el trámite

7 de marzo de 2012

Los senadores Ignacio Walker, Ricardo Lagos Weber, Eugenio Tuma, Francisco Chahuán y José García Ruminot presentaron una moción que propone ampliar el plazo para que los sostenedores de establecimientos educacionales puedan adecuarse a la nueva norma de la Ley General de Educación (LGE).

Actualmente el artículo 46, literal a) señala que para tener el reconocimiento oficial de un establecimiento de educación parvularia, básica y media, es necesario un sostenedor, el que podrá ser una persona jurídica de derecho público, tales como municipalidades y otras entidades creadas por ley y las personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto social único sea la educación.

Para materializar la transformación existía un plazo de dos años, período que ya ha expiró en septiembre de 2011, por lo tanto, aproximadamente 1000 establecimientos, pertenecientes a las regiones de Valparaíso, Biobío, Araucanía y Región Metropolitana, quedaron sin poder concluir el nuevo trámite debido a diversas complejidades jurídicas.

El senador por la región de La Araucanía sostuvo que "el tema es muy importante en mi región donde numerosos colegios, por distintas razones posibles, no lograron completar los antecedentes al 12 de septiembre de 2011, fecha tope para presentar ante el Ministerio de Educación la nueva forma jurídica exigida por la ley, para mantener la calidad de sostenedores".

Por estas razones, el legislador  solicitó al Ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet, que otorgue urgencia a la tramitación de esta moción que - según el parlamentario- "dará respaldo a la Educación Particular Subvencionada y tranquilidad a las respectivas comunidades educativas, ya que de no prorrogarse el plazo ya vencido, se estima que en el país, un millar de establecimientos educacionales perderían su calidad de tales, con las graves consecuencias que ello implicaría".

En lo fundamental, el texto legal de artículo único establece que se ampliará "en 18 meses, contados desde la entrada en vigencia de la presente ley, el plazo establecido en el artículo transitorio del DFL N° 2, de 2010, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370 con las normas no derogadas del DFL N°1, de 2005".

Agrega que: "durante el período de 18 meses a que se refiere el inciso anterior se mantendrá la facultad de trasferir y transmitir la calidad de sostenedor en los mismos términos que establece el precitado decreto con fuerza de ley".

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